Impuestos
El Gobierno no deflacta el IRPF por el déficit
En España, tan solo en el año 2005 se realizó una deflactación de la tarifa del IRPF
La recaudación del IRPF para el año 2022 ha aumentado un 14,4% respecto a la del año anterior y, por otro lado, el crecimiento del PIB español en 2022 fue del 5,5% a precios constantes. Teniendo en cuenta que el PIB representa, en una de sus acepciones, la renta generada en una economía, ¿cómo se explica que la recaudación del IRPF haya crecido de esta manera tan significativa y muy por encima del crecimiento del PIB? La respuesta la tenemos en el impacto que tiene la inflación y la actualización de rentas en una economía en la que se dispone de un impuesto sobre la renta progresivo. Concretamente, el IRPF es el impuesto con mayor recaudación del sistema tributario, siendo los rendimientos del trabajo un 80% aproximadamente del total de rentas gravadas.
Pongamos un ejemplo para entenderlo. Consideremos que el salario medio en España en 2022 fue de 28.360 euros y que el aumento salarial pactado por convenio colectivo se situó en el 2,78%. Si aplicamos la tarifa del IRPF de la Base Imponible General y teniendo en cuenta que la comunidad autónoma no legisla sobre su tramo autonómico, nos encontramos que la recaudación, antes de dicho aumento, sería de 6.673,50 euros y, tras el aumento indicado, pasaría a ser de 6.910,02 euros. En este caso, para un aumento salarial nominal del 2,78%, la recaudación se incrementa en un 3,54%. Este efecto se acentúa a medida que crece la renta, debido a la progresividad del impuesto. Así, si partimos de una renta salarial de 60.000 euros, con un aumento del 2,78%, el incremento de la recaudación pasa a ser del 4,19%. Por ello, si consideramos que la inflación en España en 2022 fue del 8,5%, podemos concluir que los asalariados españoles han perdido poder adquisitivo y que, además, el aumento nominal de los salarios les ha llevado a asumir un mayor coste fiscal. Es lo que se denomina «progresividad en frío».
La solución a este impacto de la inflación sería una reducción de los tipos impositivos o una deflactación de la tarifa del IRPF. Esta alternativa implica que los tramos del impuesto se incrementen en el mismo porcentaje que la inflación. De esta manera, los aumentos de renta nominales no resultan grabados por el impuesto; solo quedarían grabados los incrementos reales –es decir, los salarios que aumentan más que la inflación– y que determinan una mayor capacidad de pago. En España, tan solo en el año 2005 se realizó una deflactación de la tarifa del IRPF y la consecuencia fue una reducción en la recaudación de este popular impuesto. Por otro lado, también cabe recordar que si se opta por una disminución de los tipos impositivos se generaría una reducción inmediata de la recaudación. Pero ambas situaciones difícilmente se producirán considerando que el déficit público español es aún del 4,8% del PIB, la verdadera razón para no tocar el IRPF.
Dídac Cervera es profesor de EAE Business School
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