Galicia

La Justicia europea cree que las ayudas a Navantia pueden ser ilegales

Los trabajadores de Navantia se manifiestan en Ferrol en demanda de más carga de trabajo
Los trabajadores de Navantia se manifiestan en Ferrol en demanda de más carga de trabajolarazon

La exención del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a los astilleros públicos españoles Navantia podría ser ilegal, señaló hoy el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia que indica que la justicia local tendrá que comprobar ahora si efectivamente es así.

La exención del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a los astilleros públicos españoles Navantia podría ser ilegal, señaló hoy el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia que indica que la justicia local tendrá que comprobar ahora si efectivamente es así.

El caso se centra en la negativa del Concello de Ferrol de conceder una exención fiscal a Navantia sobre el IBI de una parcela de terreno perteneciente al Estado español que se sitúa en esta localidad gallega, donde la constructora naval tiene unos astilleros, una decisión que dio origen a un litigio legal.

El Estado español cedió en 2001 la parcela de 932.348 metros cuadrados a la sociedad pública Navantia, dedicada a la construcción naval, de la que posee la totalidad de su capital, a cambio del pago de un euro al año, recordó el TJUE en su sentencia.

La Corte apuntó que los astilleros de Navantia que se sitúan en este terreno "producen bienes y prestan servicios que pueden ser objeto de intercambios comerciales entre los Estados miembros en mercados abiertos a la competencia".

Teniendo todos estos factores en cuenta, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que, en este caso, la legislación comunitaria sobre competencia "debe interpretarse en el sentido de que puede constituir una ayuda de Estado, prohibida".

"No obstante, incumbe al Juzgado remitente comprobar si (...) tal exención debe calificarse de ayuda de Estado"incompatible, teniendo en cuenta todos los detalles del litigio y los criterios que aporta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia.

El caso queda ahora en manos del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Ferrol, que había preguntado al TJUE por la exención fiscal sobre el IBI concedida a Navantia.

El juzgado también se interesó por si un país puede conceder este tipo de beneficios a una empresa de su propiedad "n la que ésta suministra bienes y presta servicios que pueden comerciarse entre Estados miembros".

Además, sospecha que esta concesión fiscal puede implicar la concesión a Navantia de una ayuda de Estado contraria a la legislación comunitaria "por cuanto dicha exención se concede mediante fondos públicos a una empresa perteneciente al Estado y falsea o amenaza falsear la competencia", según la sentencia.

La autoridad judicial de El Ferrol cree que Navantia obtiene "una ventaja selectiva, en la medida en que la carga fiscal normalmente soportada -y soportada por sus competidoras privadas en el ámbito de la construcción naval- se reduce".

Además, apunta a que el Concello de Ferrol sufre una pérdida de ingresos, como consecuencia de esta medida.

El caso se originó a raíz de la negativa del Concello de conceder la exención fiscal del IBI sobre la parcela en cuestión a partir de 2008, que Navantia y el Estado español habían solicitado, una decisión que fue impugnada ante los tribunales.

En noviembre de 2011, ese Juzgado Contencioso-Administrativo de El Ferrol desestimó este recurso, una sentencia que fue revocada en octubre de 2012 por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que declaró que procedía conceder la exención fiscal solicitada y devolvió el asunto al Juzgado remitente.

Entonces, el Juzgado de El Ferrol, que considera que la exención puede ser incompatible con el derecho comunitario, planteó la consulta al TJUE que ha originado la sentencia dictada hoy, y será el encargado ahora de comprobar si en efecto, esto es así.