IRPF
Qué debes revisar antes de aceptar el borrador de la declaración de la Renta
Aquellos que ya tengan en sus manos el borrador no deben tener prisa en confirmarlo, ya que según alertan los Gestores Administrativos "hacer clic antes de tiempo puede suponer una pérdida de 300 euros".
Los ciudadanos que deben presentar la declaración de la Renta tienen hasta el 1 de julio para hacerlo. Aquellos que ya tengan en sus manos el borrador no deben tener prisa en confirmarlo, ya que según alertan los Gestores Administrativos "hacer clic antes de tiempo puede suponer una pérdida de 300 euros".
El borrador que envía la Agencia Tributaria no es perfecto. Le puede faltar información relevante para el contribuyente ya que se trata de lo que Hacienda sabe de nosotros a través de terceros y éstos han podido cometer errores.
Estos son los diez errores más comunes que puede tener el borrador:
1. Falta de documentación. Los borradores a veces no incorporan información sobre las pensiones procedentes del extranjero, los valores inmobiliarios en el extranjero, los alquileres, las operaciones con criptomonedas, las ayudas o subvenciones públicas, la transmisión de acciones y otros valores inmobiliarios o de bienes inmuebles.
2. Discapacidad. Los grados de discapacidad afectan al concepto de rentas exentas, al tratamiento de los rendimientos del trabajo, al mínimo personal, al mínimo familiar.
3. Inmuebles. Gran parte de las discrepancias y requerimientos de la Administración son por este concepto. Puede estar presente en todos los apartados de la declaración (rendimientos del trabajo, capital mobiliarios, imputaciones de rentas, ganancias o pérdias patrimoniales, exenciones)
4. Locomoción. La consideración de las dietas y gastos de locomoción como rentas exceptuadas de gravamen puede implicar problemas por su aplicabilidad, cuantía...
5. Indemnizaciones y reducción. La percepción de indemnizaciones exentas y la práctica de la reducción del 30 por ciento aplicable sobre determinadas indemizaciones por despido constituyen un supuesto tradicionalmente requerido y comprobado por la Agencia Tributaria. Su correcta aplicación puede llevar importantes ahorros fiscales.
6. Ascendientes o descendientes. Si los ascendientes o descendientes, por los que se practica el mínimo familiar o mínimo por discapacidad, han presentado una declaración por más de 1.800 euros anuales usted pierde importantes cantidades aplicadas a su propia declaración
7. Donativos. La práctica de la deducción por donativos se encuentra entre los motivos de comprobación porque no cualquier donativo genera derecho a practicar la deducción. Se exige que sea voluntario. Los donativos a colegios privados por ejemplo no siempre cumplen estos requisitos
8. Imputacion de rentas inmobiliarias. Puede genera conflictos en relación con el calor catastral y el momento de fijación oficial de este. Valores relativamente pequeños (50.001 euros) `pueden obligar a presentar declaración
9. Alquiler o vivienda. Estar en posesión de la documentación probatoria y cumplir estrictamente los requisitos exigidos por la normativa fiscal resulta esencial.
10. Integración y compensación. Las reglas de integración y compensación son objeto fácil de comprobación y no siempre se declaran correctamente. Los efectos de una declaración errónea puede tener efectos nocivos.
Los Gestores Administrativos recomiendan encarecidamente a los contribuyentes que revisen con detalle los borradores que la Agencia pone a su disposición.
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