Editorial

El «procés» sería delito en Europa

El hipotético rechazo de Estrasburgo a la sentencia del Supremo no cambia los hechos

Dado que no es posible descartar la hipótesis de que el Tribunal de Europeo de Derechos Humanos, rechace, siquiera parcialmente, la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a los impulsores del «procés», lo que, entre otras repercusiones políticas, serviría de justificación a posteriori para la concesión, todavía hipotética, de los indultos, parece oportuno recordar que entre las prerrogativas de la Corte de Estrasburgo no se encuentran ni la valoración de los hechos probados ni la decisión sobre la naturaleza, delictiva o no, de los actos juzgados ni, por supuesto, la facultad de modificar las penas. Puede, eso sí, siguiendo el portillo abierto por el voto particular de dos magistrados progresistas del Tribunal Constitucional, Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer, cuestionar la legalidad sancionadora del Supremo, por aplicación indebida de un tipo de delito, en este caso, el de sedición, que infringiría el derecho a la tutela judicial efectiva de los reos.

Pero, incluso si se produjera tal sentencia, no está claro qué efectos prácticos pudiera tener en la situación penal de los condenados, puesto que si bien las decisiones de la Corte europea pueden revocar las resoluciones de los tribunales de Justicia españoles –al menos, desde la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 2015– quedan fuera de su jurisdicción las decisiones del Tribunal Constitucional, que no forma parte del Poder Judicial y que ha avalado todas las sentencias del Tribunal Supremo sobre la intentona golpista en Cataluña.

Pero más allá de estas consideraciones de carácter jurisdiccional, no es posible perder de vista el fondo de la cuestión, que no es otro que el hecho palmario de que las acciones de los sediciosos nacionalistas catalanes serían delito en cualquier país de la Unión Europea y, por supuesto, en Estado Unidos, sin que importe demasiado cuál es el tipo penal que aplican los distintos códigos nacionales. Por no extendernos en los ejemplos, Francia castiga los ataques a su independencia, su integridad territorial y su sistema republicano; Italia prevé una pena mínima de 12 años para quien atente contra su unidad; Alemania tipifica el separatismo como delito de «alta traición» y, finalmente, Portugal condena con 20 años a quien intente segregar una parte de su territorio. Lo que nos lleva a una reflexión final, sobre si no es ya tiempo de que la Europa Unida unifique su corpus jurídico, al menos, en lo que se refiere a los delitos de orden constitucional.