Editoriales

Una gatera etarra que debe cerrar el Supremo

Dos sentencias de la Audiencia Nacional, en las que ha intervenido el magistrado José Ricardo de Prada, han hecho propias la llamada «doctrina Atristain» y han supuesto la absolución de dos etarras, Gorka Palacios y Juan Carlos Iglesias Chouza, acusados, respectivamente, de un delito de estragos con coche bomba y del asesinato del guardia civil Francisco Díaz de Cerio.

No vamos a entrar en las consideraciones del juez De Prada, que, en cierto modo, alimentan las acusaciones de malos tratos esparcidas por la banda terrorista como táctica de defensa, porque suponemos que habrá actuado en conciencia, de acuerdo al recto sentido de la justicia y de la observancia de la Ley, pero sí queremos dejar constancia que la sentencia dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el caso de Xabier Atristain, no obliga a sentar jurisprudencia, por cuanto los etarras no habían alegado en tiempo y forma ante la jurisdicción española que se vulneró su derecho de defensa por no haber tenido acceso a un abogado de su confianza.

Toca, pues, al Tribunal Supremo, que debe examinar el recurso presentado por la ex jefa de ETA, Irache Sorzabal, aclarar el alcance de la decisión del TEDH, que amenaza con convertirse en una gatera por la que unos asesinos convictos y confesos puedan eludir sus responsabilidades. Si ya es de por sí descorazonador que la Abogacía del Estado fuera incapaz de trasladar al ánimo de los jueces europeos la realidad de una organización terrorista que, en la praxis de la mafia, disponía de una estructura legal, el «frente jurídico», que ejercía de correa de trasmisión de consignas y órdenes a los etarras detenidos por las fuerzas de seguridad, a quienes se debía sustraer de más que posibles coacciones, sería un golpe terrible para las víctimas del terror etarra y sembraría la desconfianza en los ciudadanos si se diera por válida la supuesta indefensión general de los terroristas.

Porque, lo cierto, es que, en estricto cumplimiento de una legislación aprobada democráticamente en la sede de la soberanía nacional de un país miembro de la Unión Europea, los etarras siempre estuvieron asistidos por un letrado que garantizaba la protección de sus derechos y la observancia del debido proceso instructor. Mantener lo contrario, es tanto como acusar de cómplices en los supuestos malos tratos a lo abogados que ejercían esa función.

Es fácil ahora, cuando la derrota de la banda terrorista es un hecho consumado, poner en duda la legitimidad de los instrumentos legales que lo hicieron posible. Por ello, es imprescindible que la sociedad española sea consciente de que la victoria sobre el terror se consiguió, en contra del relato que quieren imponer los asesinos, desde el cumplimiento de las normas de un Estado democrático y bajo la instrucción de sus jueces y magistrados.