Salvador Illa

El ministro de Sanidad restringe la libertad

El ministro de Sanidad, Salvador Illa
El ministro de Sanidad, Salvador IllaJuan Carlos HidalgoEFE

La última polémica entre el Gobierno de la Nación y la Comunidad de Madrid se ha saldado con la imposición por parte del ministro de Sanidad de medidas más restrictivas de la libertad de los ciudadanos. No voy a discutir si las disposiciones que se han adoptado son o no las más convenientes, pero sí la forma a través de la cual se han impuesto y el momento en el que se ha hecho.

Durante el estado de alarma, que se declaró con motivo de la pandemia, el Gobierno dijo, por activa y por pasiva, que no había un plan b, y que esa era la única forma jurídica de mantener las necesarias limitaciones de movimientos para aplanar la curva de contagios. En los debates de cada prórroga del estado de alarma se suscitó esa misma cuestión.

Pues bien, en contra de esa opinión gubernamental sostenida durante la primera ola del coronavirus, posteriormente hemos contemplado, en esta mal llamada nueva normalidad, cómo el propio ministro de Sanidad ha impuesto a Madrid medidas de limitación sin la cobertura previa del estado de alarma. Ese cambio de criterio no responde realmente a las reformas normativas que se han efectuado por vía de urgencia, ni a la existencia de escenarios radicalmente distintos, sino a la voluntad del Gobierno de ejercer su competencia constitucional de coordinación.

La Constitución atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de coordinación de la sanidad. Esa competencia obliga al Gobierno a fijar, en su debido tiempo, criterios de acción sanitaria conjunta respetando las competencias de las Comunidades Autónomas en ese ámbito. Si la situación de la Comunidad de Madrid, desde hace semanas, es tan grave y extrema como ha señalado el Gobierno, no puede comprenderse por qué ha tardado tanto tiempo en intervenir. Llegó tarde a la declaración del estado de alarma, al igual que ahora, si los datos son correctos, de lo cual no podemos estar seguros porque no contamos en España con un comité de expertos que actúe de acuerdo con los principios de excelencia, objetividad, independencia y transparencia.

Por otro lado, se ha podido crear en la opinión pública la apariencia de que las nuevas limitaciones que han entrado en vigor derivan de un acuerdo de las Comunidades Autónomas en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en su reunión de 30 de septiembre de 2020, pero la realidad no es precisamente esa.

En el Estado Autonómico unas Comunidades Autónomas no pueden imponer a otras sus criterios de actuación en su ámbito competencial, como es la sanidad, mediante acuerdo de mayorías en un órgano de coordinación como el Consejo Interterritorial.

Por tanto, al margen de que no existió unanimidad en ese Consejo en dicha reunión en relación con las medidas que se debían adoptan, y que algunas Comunidades Autónomas votaron en contra de las mismas, lo cierto es que la decisión final de limitar derechos de las personas no procede de ese Consejo, sino del ministro de Sanidad que ha ejercido sus competencias de coordinación de la sanidad.

Esperemos, por tanto, que el ministro Salvador Illa no se haya equivocado, pues esa decisión tendrá consecuencias económicas muy graves para Madrid y para España.