Ecuador
En libertad el autor de la “llamada maliciosa” en Torre Espacio
El detenido, de nacionalidad búlgara y con antecedentes, se enfrenta a un delito de desórdenes públicos.
El detenido, de nacionalidad búlgara y con antecedentes, se enfrenta a un delito de desórdenes públicos.
El hombre de 47 años y de nacionalidad búlgara, detenido como presunto autor de la amenaza de bomba que tuvo lugar el pasado 16 de abril en la Torre Espacio de Madrid, fue puesto en libertad con cargos ayer. Tras la declaración del detenido, el Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid estimó su liberación bajo la obligación de comparecer cuando sea requerido por la comisión de un delito de desórdenes púbicos.
No es la primera vez que este individuo protagoniza un suceso similar según informaron agentes de la Policía Nacional. En marzo fue detenido por una falsa amenaza a una fundación alemana ubicada en Madrid y tan solo cinco días antes de la amenaza del pasado 16 de abril, el detenido realizó una llamada a la embajada de Ecuador en España advirtiendo de la colocación de un artefacto explosivo.
La investigación se inició tras recibir una comunicación de amenaza telefónica de la colocación de un explosivo en la embajada de Australia, situada en la Torre Espacio. Los agentes que se desplazaron al lugar para asegurar la zona e investigar la procedencia de la llamada, localizaron desde dónde había sido realizada la misma, dando así con el autor de los hechos. La misma tarde del martes el presunto autor fue detenido por la Brigada Provincial de Información. La Policía Nacional y los Bomberos que desalojaron el pasado martes el rascacielos Torre Espacio, una de las cuatro torres del Paseo de la Castellana, activaron inmediatamente los protocolos de evacuación de todas las personas que se encontraban en el interior del edificio.
Es en el artículo 561 del Código Penal donde se tipifica este tipo de delitos: «quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro (...) será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses». Según el abogado Joaquín Moeckel Gil, esto quiere decir que «los jueces pueden optar por la pena de prisión o de multa. Cuando el acusado es solvente es cuando se elige esta última opción y en este caso en concreto, no creo que él lo sea. Dependiendo de la capacidad económica de éste, la multa diaria en prisión variará. Así, en el caso de los autores de amenazas de bombas falsas, la multa mínima diaria actualmente está entre los dos euros y la máxima, en los 400 euros».
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