La amenaza yihadista
El adiestramiento a través de webs yihadistas será delito de terrorismo
PP y PSOE ultiman los últimos flecos para lograr un acuerdo sobre el pacto de Estado sobre la lucha contra el terrorismo yihadista, aunque se espera que finalmente se sumen al mismo otras fuerzas políticas. La Proposición no de Ley por la que se modifica la Ley Orgánica del Código Penal en materia de delitos de terrorismo podría presentarse en el Congreso mañana o el lunes como muy tarde, según confirmaron a este periódico fuentes de la negociación. El borrador último en el que se trabaja incluye al menos tres novedades principales respecto al texto anterior. En primer lugar, en lo relativo al concepto de terrorismo, donde se establecía una serie de medidas concretas y específicas para que una acción pudiera tipificarse como delito de terrorismo; es decir, se establecía una especie de «numerus clausus».
Ahora, la nueva redacción contempla una definición más «abierta», para que se puedan incluir conductas que actualmente no se contemplan como terrorismo en el Código Penal, y, de esa forma, «que sea un instrumento para luchar contra las nuevas formas de terrorismo, y, especialmente, contra el yihadismo».
Uno de los puntos centrales de la reforma, para la que se ha contado incluso con las opiniones de expertos en la materia, es el relativo a la consulta habitual de páginas web de claro carácter yihadista. El texto que se debatirá en el Congreso no penalizará la mera consulta, aunque sea de forma habitual, de esas páginas, sino que será necesario que esas visitas tengan como finalidad aprovechar el contenido de las mismas para radicalizarse, integrarse en alguna de esas organizaciones terroristas o utilice el material allí «colgado» para perpetrar algún objetivo. De esta forma, se dotará de mayores garantías jurídicas sobre este tema y ya no se considerará delito, como se establecía en el primer borrador la consulta «habitual» de esas páginas web.
Con la legislación actual, no es posible imputar un delito de terrorismo por este tipo de hechos, ya que los arrestados no habían cometido, normalmente, la comisión de ningún atentado terrorista. Ahora, ello no será necesario y bastará acreditar que se ha utilizado el contenido en las web para «marcar objetivos» o pretender actuar como «lobo solitario», gracias a la documentación existente en esas páginas.
Junto a ello, se ha alcanzado un acuerdo para retirar de esta reforma la previsión de que estos delitos puedan ser castigados con la pena de Prisión Permanente Revisable. Este aspecto fue duramente criticado por el PSOE, y el Gobierno, en aras de alcanzar el consenso, ha aceptado que no figure en el texto final.
De esta forma, la Prisión Permanente Revisable quedará recogida de forma implícita en el Código Penal en el precepto donde se alude a «la mayor de las penas». Es decir, que aunque no aparece expresamente, sí se aplicará de facto en los delitos de mayor gravedad recogidos en la proposición de ley sobre terrorismo yihadista. En este sentido, y ante la aplicación efectiva de esta pena, Pedro Sánchez señaló en un encuentro con periodistas en Bruselas que cuando gobiernen modificarán el Código Penal para evitar su aplicación.
Sobre el pacto en la lucha contra el terrorismo yihadista, el líder del PSOE, Pedro Sánchez, está pendiente de hablar con el jefe del Ejecutivo, Mariano Rajoy, para cerrar los últimos «flecos» del acuerdo.
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