Audiencia Nacional
El fiscal ve «mala fe» en la recusación a la jueza de los padres de dos víctimas de ETA
Considera «radicalmente falso» que asesorara al Gobierno de Zapatero en el «proceso de paz»
Considera «radicalmente falso» que asesorara al Gobierno de Zapatero en el «proceso de paz»
La Fiscalía de la Audiencia Nacional no ve motivo alguno para apartar a la jueza Carmen Lamela de la investigación al etarra Aitor Elizarán, procesado por delitos de lesa humanidad y en libertad después de que, estando en busca y captura, se presentase voluntariamente en la sede del tribunal el pasado 15 de enero. En un escrito remitido a la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, el teniente fiscal Jesús Alonso rechaza los argumentos esgrimidos por los padres de las dos últimas víctimas de ETA en España, los guardias civiles Diego Salvá y Carlos Sáenz de Tejada (asesinados en Mallorca en 2009), a cuyas defensas reprocha su «temeridad y mala fe» al esgrimir como causa de recusación que asesoró al Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en el «proceso de paz» con ETA, algo que tacha de «radicalmente falso».
El fiscal recuerda que «el mero hecho de haber trabajado para un Gobierno legítimamente elegido no puede suponer ni tacha ni merma de imparcialidad». Alonso señala que en el escrito de recusación no se expone el «más mínimo argumento» que sustente esa medida –que mantiene la causa paralizada desde el pasado 20 de enero–, algo que atribuye a un «intento de entorpecer el normal desarrollo del proceso». Que Lamela fuese asesora del Gobierno de Zapatero, subraya, era algo conocido desde que tomó posesión de la plaza de titular del Juzgado de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, «y nada alegó ni opuso» la representación letrada de las víctimas.
La Fiscalía destaca «la pulcritud de la magistrada a la hora de resolver» las cuestiones planteadas por las partes, y achaca la recusación a «una aprehensión o recelo» hacia Lamela «por cuanto algunas de sus resoluciones no han sido» como preveían. Aceptar esa recusación, basada en «apreciaciones subjetivas y personales», añade, sería tanto como «dar carta blanca» para que cualquiera de las partes de un procedimiento, y en cualquier momento, «pudiese variar el órgano jurisdiccional predeterminado por ley».
Alonso trae a colación la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que insiste en que, para apartar a un juez de una causa, no basta con meras «sospechas o dudas sobre su imparcialidad», como sucede según él en este caso con las «inciertas» alegaciones de la representación letrada de los recurrentes, que «intentan hacer parecer como real y cierto lo que no deja de ser una percepción tan subjetiva como sesgada».
Ni precisan qué beneficio subyace tras ese supuesto interés ilegítimo de la instructora en las resoluciones adoptadas, dice el fiscal, ni se aporta una sola prueba de que, al ejercer ese cargo público, «haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito».
Acompañados del presidente de Dignidad y Justicia, Daniel Portero, los padres de los guardias civiles asesinados –Antonio Salvá y José Antonio Sáenz de Tejada– se quejaron el pasado 13 de febrero al presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro, de que Elizarán esté en libertad y calificaron de «kafkiana» la paralización de la causa, en manos del juez Eloy Velasco hasta que se resuelva la recusación, lo que les impide solicitar el ingreso en prisión del etarra.
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