Caso ITV

El juez investigado por la trama de las ITV, a un paso del banquillo

La Razón
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El Tribunal Supremo ha abierto la vía para sentar en el banquillo al magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña Joaquin José Ortíz Blasco, al entender que existen indicios suficientes de que asesoró, cuando era presidente de la sección quinta de la Audiencia de Barcelona, a dos empresarios vinculados con las adjudicaciones de las ITVs, en asuntos en los que posteriormente tendría que participar. En este mismo procedimiento está imputado el ex secretario general de Convergencia Democrática de Cataluña Oriol Pujol. El instructor de la causa abierta en el Supremo, el magistrado de la Sala penal Miguel Colmenero, dictó ayer auto por el que concluye que el juez del TSJ de Cataluña ha podido incurrir en un delito de negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos, que le puede acarrear una pena de multa de 6 a 12 meses y suspensión de uno a tres años. Ahora, el fiscal deberá pronunciarse sobre si pide la apertura de juicio oral y presenta su escrito de acusación, o, por el contrario, el sobreseimiento de la causa. Una vez sea firme esta decisión, conllevará de forma inmediata la suspensión cautelar del citado magistrado.

En el auto del instructor salen a relucir las relaciones del magistrado catalán no sólo con los empresarios Ricard Puignou y Enric Marugán, quienes tenín interés directo en las adjudicaciones de ITV, sino también gestiones presuntamente realizadas con asesores jurídicos de la Generalitat de Cataluña para abordar cuestiones relacionadas con ese tema; e igualmente aparece la relación entre Puignou y Sergi Alsina, uno de los principales implicados en el "caso de las ITV"y relacionado directamente con Oriol Pujol.

La resolución del Alto Tribunal parte de la «relación de amistad» que mantenía el juez Ortíz Blasco desde, al menos, el año 2009 a hasta mediados de 2012, con los empresarios Puignou y Marugán, «los cuales tenían intereses mercantiles relacionados con la adjudicación y explotación de las ITV, aspecto que era sobradamente conocido» por el magistrado, quien entonces presidía la sección de la Audiencia de Barcelona que tenía que intervenir en «todas las cuestiones relacionadas con la concesión y aprovechamiento de las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos». Fruto de esa amistad es, por ejemplo, el viaje que realizaron los tres en abril de 2010 a Dubrovnik, o las reuniones a comer o cenar.

Al margen de esas relaciones personales, el instructor del Supremo pone de relieve cómo entre mayo de 2010 y de 2011, el magistrado y Puignou «se cruzaron numerosos correos electrónicos» relacionados con asuntos vinculados a procedimientos contencioso administrativos en materia relacionadas con las ITV, que deberían ser resueltos en la sección que presidía el primero de ellos, e incluso en ocasiones directamente atinentes a recursos contencioso interpuestos por la empresa de la que era administrador Puignou o por otras entidades que tenían vinculaciones con la misma. De hecho, el magistrado del Supremo Miguel Colmenero destaca «por su capacidad demostrativa» todo lo relacionado con el recurso presentado por la empresa de Pugnou -Certio- contra una resolución de la Generalitat de adjudicación de un concurso de ITV, recurso que viene precedido «de un visto bueno del aforado al borrador en el que ya se contenía una petición de medida cautelar de suspensión, que el tribunal resolverá meses después en sentido estimatorio bajo ponencia del propio» magistrado. Ademas, en distintas ocasiones «orientó» a Puignou y Marugán acerca «de la posible solución de las cuestiones existentes, exponiendo su punto de vista sobre el particular, lo que permitía a éstos adoptar con antelación» los pasos que debían seguir para obtener sus propósitos.

Por otro lado, el Supremo alude a la conversación telefónica mantenida el pasado 23 de febrero entre Puignou y Josep Tous, secretario general de la Diputación de Barcelona «y mediador en el conflicto de la adjudicación de las ITV». En esa conversación, el empresario le comunica a su interlocutor que «el juez», en referencia Ortíz Blasco, se reunirá al día siguiente con Margarida Gil, Directora General del Gabinete Jurídico de la Generalitat, y Assumpta Palau, Abogada Jefe del Servicio Contencioso Administrativo de la Generalidad y que lo que el magistrado quiere es «una jugada global y que no dictará ninguna sentencia hasta que tenga eso pactado con la Generalidad». Esa reunión , efectivamente, se llevó a cabo el 24 de febrero.

La conclusión del Supremo es que la actuación del magistrado del TSJ de Cataluña no puede entenderse como un intento «legítimo» de mediación, pues es evidente, afirma el instructor, »que tal cosa no es posible mediante reuniones privadas con solo una de las partes interesadas». Y, añade al respecto, «menos aún, cuando lo que se sugiere, tanto a las personas con las que mantenía una relación de amistad, como a los organismos públicos, perjudicaba claramente a la parte provisionalmente beneficiada por la resolución del concurso, la cual quedaba excluida de hecho de tales reuniones, y que podría incluso resultar acreedora de una importante indemnización, en su caso».