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Madrid

El presidente catalán se enfrenta a una posible inhabilitación

El presidente catalán se enfrenta a una posible inhabilitación
El presidente catalán se enfrenta a una posible inhabilitaciónlarazon

Mientras la Fiscalía ultima la querella que tiene previsto presentar ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña contra el presidente de la Generalitat, Artur Mas, y tres de sus consellers por desobediencia y prevaricación –tal y como informó ayer este periódico–, el fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, negó ayer que el Ministerio Público esté pecando de «inacción» y precisó que la respuesta de la Fiscalía se producirá «sin ninguna precipitación».

Cuando la Fiscalía dé finalmente ese paso al frente –que también afectará a los consejeros de Educación e Interior, Irene Rigau y Ramón Espadaler, respectivamente, y a la vicepresidenta de la Generalitat, Joana Ortega–, Mas tendrá que hacer frente a dos imputaciones que llevan aparejadas penas de inhabilitación para el ejercicio de cargo público de hasta diez años (en el caso del delito de prevaricación) y de entre seis meses y dos años (si se trata del de desobediencia).

El artículo 410 del Código Penal, que recoge el delito de desobediencia, establece que «las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior, dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales, incurrirán en la pena de multa de tres a doces meses e inhabilitación especial para el empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años».

Por otro lado, el delito de prevaricación castiga a la autoridad o funcionario público que, «a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo» con la pena de inhabilitación especial de empleo de siete a diez años.

Mientras el Ministerio Público deshoja la margarita, el fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, salió ayer al paso de las críticas que acusan a la Fiscalía de «inacción» y aseguró que desde el pasado sábado tiene abiertas diligencias por el 9-N, sobre el que se pronunciará «sin ninguna precipitación, pero siempre con el horizonte del cumplimiento de la legalidad». Torres Dulce defendió en Logroño, donde estuvo visitando las obras del nuevo Palacio de Justicia riojano junto al presidente regional Pedro Sanz y al presidente del TSJ de La Rioja, Ignacio Espinosa, que la Fiscalía de Cataluña «va a trabajar primero en si los hechos son delictivos, después determinará de qué delitos se trata y finalmente, las posibles personas responsables, pero hasta el momento no hay nada», informa Efe.

Cuando haya algo, aclaró, la Fiscalía ejercitará las correspondientes acciones penales e informará a los ciudadanos sobre ellas. «Los tiempos de la Fiscalía y de la Justicia no son tiempos políticos ni mediáticos», indicó, ya que los fiscales se encargan de «examinar los hechos con absoluta imparcialidad, con objetividad». Por tanto, dijo Torres-Dulce, no se actúa «ni antes ni después», se hace cuando se considera que los hechos ya son «carne de proceso penal o carne de archivo».

Con este criterio de los tiempos «estrictos» de la Fiscalía y la observancia de que «debe ser respetada siempre en atención a las circunstancias que concurren, máxime en Derecho Penal», pidió que «se deje trabajar a los órganos judiciales en general y, en este caso, al Ministerio Público», e insistió en que «cuando se tenga una decisión, se ejercitará ante los tribunales de Justicia, si hay que ejercitarla, pero ni antes, ni después». Por último, el fiscal general del Estado recalcó que la Fiscalía Superior de Cataluña tiene un ámbito de actuación «autónomo».

Los delitos

Prevaricación (art. 404)

A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo, se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo de 7 a 10 años.

Desobediencia (art. 410) Las autoridades que se negaren a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior. Multa de 3 a 12 meses e inhabilitación de 6 meses a 2 años.