PSOE
El PSOE avaló a dos jueces de «Gürtel» a los que ahora quiere apartar
Han sido elegidos en virtud de normas de reparto aprobadas y publicadas
El PSOE ha entrado de lleno en una campaña contra dos de los tres magistrados que deben juzgar la trama de corrupción del «caso Gürtel», la presidenta de la sección y del tribunal, Concepción Espejel, y Enrique López, quien será el ponente de la sentencia. Los socialistas les han pedido que se abstengan de formar parte de esa sala, o, en caso contrario, plantearán su recusación, donde están personados a través del Partido vSocialista del País Valenciano.
El motivo que esgrime el PSOE es que ambos magistrados están inhabilitados para formar parte de ese tribunal porque fueron elegidos vocales del Consejo General del Poder Judicial a propuesta del Partido Popular, y, en el «caso Gürtel», donde ese partido deberá responder como responsable civil subsidiario en relación con la supuesta «caja B» del partido.
Sin embargo, Concepción Espejel fue designada vocal del CGPJ por el Senado, en septiembre de 2008, con los votos tanto del PP como del PSOE, así como del resto de grupos parlamentarios. Lo mismo sucedió con el nombramiento de Enrique López.
Pese a todo, el PSOE pretende que se aparten del enjuiciamiento de esa causa. El portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Antonio Hernando, lo justificaba «por la propia imagen –de la Justicia–, por las cosas que han hecho y las cosas que han dicho», y porque «la apariencia de imparcialidad es muy importante».
Sin embargo, no parece nada probable que Espejel y Enrique López vayan a apartarse voluntariamente de ese procedimiento.
Normas de reparto aprobadas
Desde el principio, era conocido por todas las partes, que la Sección Segunda era la que debía enjuiciar la causa. Además, Espejel ya anunció que presidiría todos los juicios, al igual que el resto de presidentes, excepto Fernando Grande-Marlaska, por sus funciones gubernativas y ser vocal del CGPJ; mientras que los otros dos magistrados han sido designados por reparto, en virtud de unas normas aprobadas por la Sala de Gobierno de la Audiencia y publicadas en el BOE.
Fuentes jurídicas incidían en que los tres magistrados, los dos citados y Julio de Diego, son los «predeterminados por la ley», y, por tanto, quienes deben juzgar ese caso. Además, recuerdan que las causas de abstención y recusación están muy tasadas, «y en este caso no se cumple ninguna de ellas».
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