Tribunal Supremo
Encuesta: ¿Qué opinión le merecen las penas a los políticos condenados en el juicio del “procés”
El Tribunal Supremo ha dictado este lunes la sentencia del "procés", una de las más relevantes de la historia de España
El Tribunal Supremo ha dictado este lunes la sentencia del "procés", una de las más relevantes de la historia de España, que se resume en los siguientes titulares:
- Condenas de entre 9 y 13 años para los líderes del "procés"por sedición y malversación.
- Junqueras recibe la principal condena: 13 años de cárcel y otros tantos de inhabilitación absoluta.
- 12 años para Romeva, Bassa y Turull; 11 y medio para Forcadell, 10 y medio para Forn y Rull y 9 para los Jordis.
- Los condenados por el "procés"podrán ser clasificados directamente en tercer grado si así lo decide la administración penitenciaria catalana.
- El Supremo se desmarca de la acusación de rebelión de la Fiscalía y tampoco pone los límites que pedía para acceder a los beneficios penitenciarios.
- El Supremo acusa a los líderes del "procés"de engañar a los "ilusionados ciudadanos"catalanes.
- El tribunal sentencia que no hubo rebelión en el "procés": Bastó el BOE para abortar la "conjura".
- Hubo "indiscutibles episodios de violencia", pero no una amenaza real de independencia, sino una "mera ensoñación".
- La declaración de independencia fue "simbólica"y los acusados sabían que la secesión era una "quimera".
- El 1-O no fue una manifestación, fue "un levantamiento tumultuario"alentado por los condenados para intentar convertir en "papel mojado"decisiones judiciales.
- ¿Y ahora qué pasa con Puigdemont? El juez Llarena debe decidir si dicta una nueva orden de detención.
- El Supremo ve "complicidad"y "casi connivencia"de los Mossos con el 1-O.
- Tres exconsellers (Vila, Mundó y Borràs) no entrarán en prisión al ser absueltos del delito de malversación.
- El tribunal no condena por malversación por el acuerdo solidario que firmaron los consellers, solo a aquellos que cometieron "actos materiales".
- El Supremo descarta que exista el "derecho a decidir"de una comunidad autónoma y afirma que ninguna constitución europea lo avala.
- El tribunal advierte que nadie puede impedir el cumplimiento de una decisión judicial ni llamar a la desobediencia civil por no compartirla.
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