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Hacienda, a Ruz: es una «simulación ficticia» atribuir al PP un delito fiscal

La Razón
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El pulso entre el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz y la Agencia Tributaria vivió ayer un nuevo episodio. Hacienda accedió finalmente a la petición del magistrado y redactó finalmente el informe que le pedía –como adelantó ayer este periódico– sobre los efectos fiscales de las supuestas donaciones opacas que recibió el PP consignadas en las anotaciones contables de Luis Bárcenas. Lo hizo a regañadientes y dejando claro que sus conclusiones obedecen a los criterios «dictados por el propio instructor», una solicitud que considera «exorbitante» a sus funciones de auxilio judicial.

Hacienda reitera por cuarta vez lo que ya había dicho, que el PP no pudo cometer delito fiscal porque las donaciones, aunque sean opacas, están exentas de tributar según la Ley de Partidos cuando se destinan a los fines propios de la asociación que los recibe. En este caso el Partido Popular, «una entidad sin ánimo de lucro», recalca, como «Cáritas o la Cruz Roja», que llevan a cabo «fines de interés general» (en el caso de los partidos, la participación democrática), por lo que en realidad, añade, quien se beneficia de esa exención no es el PP sino «el conjunto de la sociedad».

«Fines propios de un partido»

La Agencia Tributaria reitera al juez Ruz que, incluso admitiendo que los pagos recibidos por el PP de empresarios «sean ciertos, y suponiendo que fueran irregulares, habría quedado acreditado» que esas donaciones se utilizaron para «fines propios de un partido político» (actos electorales, obras en sus sedes...), por lo que se beneficiarían de la exención fiscal. Pero, ante la insistencia de Ruz, calcula la base imponible que resulta de incluir esas donaciones, que considera, insiste, «irreal y contraria al principio de verdad material». Con esas premisas, y sin aplicar ningún tipo de deducciones fiscales, la cuota supuestamente defraudada por el PP en el Impuesto de Sociedades de 2008 sería de 220.167 euros, lo que determinaría la existencia de delito fiscal, una «simulación ficticia», según Hacienda.

Y por si quedaba alguna duda, Hacienda hace hincapié nuevamente en que «discrepa» de esas conclusiones, pues esas donaciones son «ingresos propios de la actividad principal» de un partido «cubiertos por la exención al haberse acreditado que se han afectado a la finalidad específica u objeto social» del PP.

En un segundo cálculo que incluye las supuestas donaciones anotadas en los papeles de Bárcenas, pero que sí aplica una «deducción proporcional» a los gastos de la formación, la cuota que el PP habría dejado de ingresar en el Impuesto de Sociedades de 2008 sería de 25.630 euros, muy por debajo por tanto de los 120.000 euros que delimitan la existencia de delito fiscal.

En cuanto a las repercusiones en el IVA de 2008 de los supuestos pagos en negro en las obras de reforma en la sede del PP en Madrid, la Agencia Tributaria recuerda que el PP «no es el sujeto pasivo» de ese impuesto y que quien, en todo caso, ha incurrido en un delito fiscal es Unifica, la empresa encargada de los trabajos.

Hacienda concluye que, incluso aunque las donaciones fuesen irregulares, las consecuencias para el PP no serían de orden tributario, sino que se limitarían a una infracción administrativa que debería sancionar el Tribunal de Cuentas. Y compara la situación con la que se produciría si un empresario donase 400.000 euros de dinero negro a Cáritas, «y esta entidad da de comer a 1.000 niños» con ese donativo, destinándolo por tanto al fin propio de la asociación. En ese caso, recalca, la normativa tributaria no consideraría que Cáritas «haya cometido un delito fiscal por no tratar es donación como ingreso tributario». En el caso del donante, sin embargo, supondría un «indicio de obtención de rentas no declaradas» que podría dar lugar a una «comprobación fiscal».