Consejo de Ministros

Homenajes a etarras y ofensas a España, sancionados con hasta 30.000 euros

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, tras la rueda de prensa del Consejo de Ministros
El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, tras la rueda de prensa del Consejo de Ministroslarazon

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha asegurado hoy que la futura Ley de Seguridad Ciudadana, cuyo anteproyecto ha aprobado hoy el Consejo de Ministros, "garantiza plenamente"el derecho de manifestación de los ciudadanos.

El anteproyecto de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana superó ayer la primera lectura del Consejo de Ministros tras haber pasado por varios borradores. El paso de ayer no es el definitivo, ya que aún pueden solicitar algunos informes como el del Consejo de Estado o el del Consejo General del Poder Judicial. Estos informes no serían preceptivos, son voluntarios y la opinión del Consejo no es vinculante. Pero por lo general no habrá muchos cambios ya. Una vez pasado este segundo trámite, será de nuevo presentado ante el Consejo de Ministros y tras su aprobación, el anteproyecto, ya como proyecto de ley, sería enviado al Congreso de los Diputados para su debate y presentación de las enmiendas. Según fuentes de Interior, no estará aprobada antes de verano de 2014. El Ministerio quiso aclarar que el anteproyecto no se ha visto modificado por la presión de la opinión pública, sino que ha seguido los cauces normales de un borrador que ha sido retocado hasta en ocho ocasiones. En cuanto a las sanciones, divididas en leves, graves o muy graves, son:

HOMENAJEAR A ETARRAS

Entre las novedades que no estaban recogidas en el borrador, el Gobierno podrá sancionar como falta grave, con multa de entre 1.001 y 30.000 euros, las concentraciones u homenajes a terroristas, con exhibiciones de fotos, banderas, pancartas, símbolos o emblemas cuando estos actos no sean constitutivos de delito contemplado en el Código Penal. Esta medida contempla este tipo de sanción grave cuando, además, la finalidad de dicho homenaje o acto sea la de promover o ensalzar el odio, el terrorismo, el racismo o la violencia contra las mujeres, entre otros. En este caso dejarían de quedar impunes homenajes similares a los que se han celebrado los últimos días tras las excarcelaciones de etarras como consecuencia de la derogación de la «doctrina Parot» por parte del Tribunal de Estrasburgo. Hasta seis actos de homenaje han sido remitidos a la Fiscalía de la Audiencia Nacional en menos de un mes, actos que serían objeto de sanción si finalmente la Audiencia decidiera que no son objeto enaltecimiento del terrorismo o no chocan con la vulneración de la ley de Reconocimiento de las Víctimas del Terrorismo.

OFENSAS A ESPAÑA

El Gobierno prevé multar con sanciones de hasta 30.000 euros las ofensas o ultrajes a España, a las comunidades autónomas, las entidades locales y sus símbolos, instituciones e himnos cuando estas actuaciones no sean constitutivas de delito.

ESCRACHES

Los escraches nunca estuvieron en el borrador y como tal no serán sancionados. El derecho a manifestación está garantizado y, por tanto, sólo las manifestaciones no comunicadas a Delegación del Gobierno son las que se pueden calificar de «ilegales», algo que ya estaba incluido en la vigente Ley de 1992. Con el nuevo texto la no comunicación de estas concentraciones será sancionada como falta leve con una multa de entre 100 y 1000 euros.

ATAQUES AL CONGRESO

Rodear al Congreso tampoco será sancionado. Se sigue permitiendo manifestarse en torno a la Cámara Baja, aunque ya cruza algunos límites que vienen reflejados en la propia Constitución, por lo que Delegación del Gobierno podría autorizar o no, según esas pautas, dicha protesta. Las concentraciones espontáneas, que no se hayan comunicado previamente a Delegación del Gobierno, son «ilegales», por lo que constituyen una infracción y por tanto son sancionadas con una multa leve. Si a dichas concentraciones se le añaden actos violentos, como destrucción de mobiliario, ir con el rostro tapado para no ser identificados o tiene fines violentos será falta grave. En cuanto a asaltar el Congreso, no es una infracción, sino un delito. Sin embargo, intentar asaltar el Congreso, pero no conseguirlo, constituye una perturbación, por lo que sería considerado falta grave. En dichas concentraciones serán sancionados todos los protagonistas de los actos violentos, así como los organizadores o representantes de la protesta.

VEJACIONES A LA POLICÍA

Otro de los puntos del anteproyecto, que en el borrador figuraba como falta grave y finalmente se ha rebajado a leve, son las amenazas, coacciones, injurias y vejaciones a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Si se realizan en una reunión o concentración cuando el destinatario sea un agente, así como el uso de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes será sancionado. La obstrucción a la Policía en el ejercicio de su trabajo también conllevarán una multa de 1.000 a 30.000 euros.

PROSTITUCIÓN

La ley no sanciona la prostitución ni entra en ese debate, sino que se limita a proteger otros bienes jurídicos. El texto recoge que el ofrecimiento, solicitud, negociación o aceptación de servicios sexuales retribuidos en las proximidades de lugares destinados a su uso por menores, como centros educativos, parques infantiles o espacios de ocio accesibles a menores de edad, será falta grave.

FALTAS MUY GRAVES

Se reducen a siete las conductas consideradas como faltas muy graves, cuando en la primera propuesta elaborada por Interior eran 21. Estas faltas son las que perturban de manera muy grave la seguridad ciudadana y quedarán sancionadas con multas de entre 30.001 y 600.000 euros. Entre las falta muy graves se encuentran por ejemplo manifestarse con una finalidad. Las manifestaciones con una finalidad coactiva que se produzcan desde que se finaliza la jornada electoral hasta el día de la votación, que además no hayan sido comunicadas, también serán faltas muy graves. Dichas concentraciones deberán, además, tener lugar en infraestructuras críticas. La intrusión en las mismas o sobrevolarlas también estaría dentro de la sanción grave siempre que lleve aparejado un riesgo o perjuicio para las personas. Otra de las infracciones muy graves sería invadir las vías del tren, entrar en la pista de un aeropuerto, en centrales nucleares... Se sancionaría a los que se identifiquen en la protesta, y también a los que la promuevan. También será muy grave la celebración de espectáculos públicos quebrantando la prohibición o la proyección de dispositivos luminosos sobre medios de transporte, aviones o maquinistas de medios colectivo.