Terrorismo

Procesados por delitos de lesa humanidad cinco ex jefes de ETA

La Audiencia Nacional responsabiliza al huido «Josu Ternera», «Txeroki», «Ata», Iriondo y Elizaran de los asesinatos de la banda desde 2004 y les reclama una fianza de 25 millones

El histórico dirigente etarra Josu Urrutikoetxea "Josu Ternera"
El histórico dirigente etarra Josu Urrutikoetxea "Josu Ternera"larazon

La Audiencia Nacional responsabiliza al huido «Josu Ternera», «Txeroki», «Ata», Iriondo y Elizaran de los asesinatos de la banda desde 2004 y les reclama una fianza de 25 millones

En una decisión judicial sin precedentes, el juez de la Audiencia Nacional Juan Pablo González procesó ayer por un delito de lesa humanidad a los ex dirigentes de ETA José Antonio Urrutikoetxea, «Josu Ternera» (contra el que libra una orden europea de detención al encontrarse en paradero desconocido); Garikoitz Azpiazu, «Txeroki»; Mikel Karrera Sarobe, «Ata»; Aitzol Iriondo y Aitor Elizaran, a quienes responsabiliza de los atentados cometidos por la banda terrorista desde 2004 –que causaron la muerte de más de una treintena de personas–, por los que les reclama una fianza que suma en total 25 millones de euros.

El titular del Juzgado de Instrucción número 3 concluye en su auto de procesamiento que los cinco ex jefes de ETA son los responsables de la estrategia de la banda de «persecución sistemática de amplios sectores de la población» que suponían un obstáculo para la consecución de sus fines.

La decisión del magistrado –acordada a instancias de la Fiscalía– es el resultado de la querella interpuesta en su día por Dignidad y Justicia (DyJ), la Fundación Luis Portero y Antonio Salvá, padre de una víctima de la banda criminal. González, no obstante, rechazó ampliar la investigación a un delito de genocidio –como reclamaban los querellantes– al no apreciar un propósito de «destruir total o parcialmente un grupo nacional». «Tan españoles» son los terroristas como sus víctimas, recalcó el juez, que además limitó las actuaciones a los delitos de lesa humanidad cometidos a partir de octubre de 2004, cuando entró en vigor en nuestro país esa figura jurídica.

En su resolución, González sostiene que la estrategia de la banda creó «una situación de terror en la parte de la sociedad vasca que no se identifica como nacionalista», acarreando en estos ciudadanos «la sensación de desvalimiento o indefensión». Esas situaciones de «asfixia» forzaron a algunos al «exilio» para evitar «la amenaza contra sus vidas y sus derechos más elementales».

El magistrado asegura que ETA ejercía contra este sector de la población «una violencia de persecución» –sobre todo, dice, en aquellos municipios gobernados por quienes «legitimaban o justificaban la actividad terrorista»–, lo que supuso «un ataque generalizado o sistemático contra una parte de la población civil». Y recuerda que Gesto por la Paz cifró en un informe en más de 40.000 el número de personas en esta situación de acoso en el País Vasco.

El delito de lesa humanidad persigue, entre otras conductas delictivas, los asesinatos o secuestros que se producen «como parte de un ataque generalizado y sistemático» contra una parte de la población civil. «Lo que buscaba ETA», dice el juez, era «crear un clima de terror e inseguridad que anulara política y socialmente» a los ciudadanos opuestos a sus fines, una estrategia complementaria a los atentados de la que responsabiliza a quienes eran dirigentes de ETA en esa época.

González hace hincapié en que en el seno de la banda imperaba «un régimen interno equivalente a la disciplina militar», por lo que los dirigentes de los «aparatos político y militar» impartían las instrucciones a los autores materiales de los atentados y éstos las acataban sin rechistar.