Política

Asedio al Congreso

La Audiencia concluye que es el juez Velasco quien debe investigar el 25-A

La Razón
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Madrid- La Audiencia Nacional quiso atajar ayer de raíz la posibilidad de una nueva pugna entre jueces, todavía fresca en la memoria la controversia entre los magistrados Pablo Ruz y Javier Gómez Bermúdez por los «papeles de Bárcenas». La sección tercera de lo Penal se reunió de urgencia, presidida por Fernando Grande-Marlaska (en sustitución de Alfonso Guevara, que integraba a esa misma hora el tribunal que juzga el «caso Saqueo II»), y decidió rechazar, a instancias de la Fiscalía, los argumentos que esgrimió el juez Eloy Velasco para inhibirse de la investigación de la convocatoria de asedio al Congreso de ayer en beneficio de su compañero Santiago Pedraz. Horas antes de la hora fijada para el comienzo de la protesta, los magistrados decidían que fuese Velasco, y no Pedraz, el encargado de instruir el procedimiento.

Tras abrir diligencias el pasado martes, Velasco se inhibió del asunto al considerar que debía ser Pedraz quien se hiciese cargo del mismo dado que la convocatoria de la plataforma ¡En Pie! era «la segunda parte, ahora mejor planificada», del 25-S, las protestas frente al Parlamento de septiembre del pasado año que investigó su compañero. Pero la Sala no cree que se trate de actos idénticos, una conclusión a la que sólo se puede llegar, añade, «elevando una presunción a la categoría de certeza sin más sustento que afirmaciones policiales o el contenido de una página web» (la de la plataforma convocante de la protesta). Recuerda, además, que entre uno y otro acto hay una «separación cronológica de seis meses».

El tribunal hace suyos los argumentos esgrimidos por el fiscal Miguel Ángel Carballo, quien insistió en que tanto la convocatoria como la propia plataforma «son absolutamente anónimas, sin que pueda afirmarse que los convocantes sean los mismos en ambos casos». El Ministerio Público había recurrido la inhibición acordada por Velasco, una decisión que el instructor ratificó ayer, dejando la puerta abierta a que la Sala resolviese el recurso de apelación del fiscal.

Poco antes de que la sección tercera dirimiese la cuestión, Pedraz acordó no atender la petición de inhibición de Velasco por defectos formales. En su auto, argumentó que el titular del Juzgado de Instrucción número 6 debió remitirle, como marca la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las copias de las actuaciones, y no los originales (dado que mientras no se esclarece a quién corresponde la competencia debe ser el juez que plantea la inhibición quien continúe con la investigación). Además, reprochó a Velasco que diese el paso sin que su resolución fuese firme, pues había sido recurrida por el fiscal.

Pedraz eludió pronunciarse sobre su competencia en el asunto que, en todo caso, calificó de «dudosa», aunque rechazó que «en lo sucesivo cualquier concentración ante el Congreso» tenga que investigarla él por haber instruido una causa contra ocho de los promotores del 25-S, que finalmente archivó.