La Rioja
La Audiencia no aplica la «doctrina Parot» a un etarra que queda libre
La decisión se desvincula del próximo fallo del Tribunal de Estrasburgo
El Pleno de la Sala Penal de la Audiencia Nacional decidió ayer, por una mayoría de 11 magistrados contra siete, no aplicar la «doctrina Parot» al etarra Kepa Miren Márquez del Fresno, quien ayer mismo cumplía la condena inicial, al aplicársele los beneficios penitenciarios sobre un total de 30 años. La resolución de la Sala se adoptó con el informe contrario del Ministerio Fiscal, quien informó favorablemente a que se le aplicase la citada doctrina, y, por tanto, se fijase una nueva fecha de libertad, basada en el cumplimiento «pena a pena» y no sobre el total de 30 años.
En todo caso, fuentes de la propia Audiencia Nacional desvincularon esta resolución con la próxima decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos respecto al recurso que presentó España contra la decisión inicial que consideró que se habían vulnerado los derechos de la etarra Inés del Río al prolongar su estancia en prisión por la aplicación de la «doctrina Parot».
En este caso, la mayoría de los 18 magistrados que integran la Sala Penal han valorado especialmente distintas resoluciones del Tribunal Constitucional en las que fijan el criterio de que no se puede modificar una liquidación de condena cuando previamente hay ya una «resolución firme» en la que se haya fijado un «licenciamiento» de acuerdo al cómputo realizado con la aplicación de los beneficios penitenciarios sobre el cumplimiento máximo de 30 años de prisión. En concreto, y en lo que afecta al mencionado etarra, ya existía una resolución de la sección tercera para la ejecución de la sentencia, en la que se apuntaba que el cómputo se le haría sobre 30 años.
Criterio del TC
Este criterio fue adoptado por el Alto tribunal a finales del pasado mes de marzo, al estimar los recursos de tres miembros de ETA a los que se prorrogó su permanencia en prisión por el cambio que supuso la «doctrina Parot». Así, en la que afectaba a Juan María Igarataundi Peñagaricano, el Pleno del TC dejaba claro que no se podía ignorar las resoluciones en las que ya se hubiese fijado una fecha de cumplimiento de condena en base a las redencionoes previstas por el Código Penal por el que fue condenado. «Nada obsta a lo anterior el hecho de que el cambio de criterio de la Audiencia Nacional en marzo de 2009 frente a su anterior decisión firme adoptada en 1998, se funde en la aplicación de un nuevo criterio interpretativo sentado por el Tribunal Supremo –la «doctrina Parot– pocas semanas antes, pues los cambios de criterio jurisprudencial no pueden poner en cuestión la firmeza de la resolución anterior, ni justificar el desconocimiento de su eficacia y la vulneración del derecho a la intangibilidad de la realidad jurídica conformada por ella, lo que debió haber sido tenido en cuenta por el órgano judicial a la hora de determinar el alcance, en el caso concreto, del citado cambio de criterio jurisprudencial», se afirmaba al respecto en la sentencia del TC.
La decisión de la Audiencia Nacional fue duramente criticamente por los colectivos de víctimas del terrorismo. Así, Daniel Portero, presidente de Dignidad y Justicia, manifestó a este periódico que los magistrados de la Sala Penal «se han adelantado a que haya una sentencia firme» por parte del Tribunal de Estrasburgo, y que, además, es «contraria a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Constitucional, porque se han adelantado, manifestando una postura poco valiente».
Desde la AVT, su presidenta, Ángeles Pedraza, pidió una reunión al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, para abordar el futuro de la «doctrina Parot». Además, tiene la esperanza de que el Gobierno no acate la decisión del TEDH si es contraria a «la Parot» y lamentó que algunos jueces, por la Audiencia Nacional, hayan decidido ya tomar «la justicia por su mano» y empezar a derogarla antes del fallo del Tribunal de Estrasburgo.
Por su parte, el Colectivo de Víctimas del Terrorismo del País Vasco señaló que la Audiencia «se ha saltado el ordenamiento jurídico al derogar por su cuenta la doctrina Parot», sin que el TEDH se haya pronunciado. En su opinión, llama la atención «el afloramiento de decisiones extraordinarias que derivan en una justicia a la carta para terroristas».
Intervino en tres asesinatos
Márquez del Fresno integraba el «comando Vizcaya» junto a Juan Carlos Iglesias Chouzas, «Gadafi», y en 1991 participó en un atentado con coche-bomba contra el cuartel de la Guardia Civil de Casalarreina (La Rioja), en el que resultó herido un agente. También intervino en un atentado del «comando Madrid», en junio de 1985, en el que murieron el coronel Vicente Romero, su conductor, Juan García Jiménez, y el policía de los TEDAX Esteban del Amo.
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