Ley de Seguridad Privada

La Justicia absuelve a 7 de cada 10 acusados de desórdenes públicos

Interior opta en el anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana por la imposición de sanciones gubernativas a los alborotadores

La Justicia absuelve a 7 de cada 10 acusados de desórdenes públicos
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Los datos son concluyentes y ofrecen pocas dudas sobre la necesidad de reformar la legislación sobre Seguridad Ciudadana, con el fin de que los que promueven desórdenes públicos reciban el correspondiente castigo.

El anteproyecto que en estos momentos estudia el Ministerio del Interior, al que se van a incorporar la inmensa mayoría de las sugerencias formuladas por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Consejo de Estado, se decanta por las sanciones gubernativas, mediante la imposición de multas de mayor o menor cuantía en función de la gravedad de los hechos cometidos. Resulta, según fuentes conocedoras del asunto consultadas por LA RAZÓN, mucho más efectivo por su inmediatez y por el carácter ejemplarizante respecto a los que creen que acciones de este tipo pueden quedar impunes con el paso del tiempo.

Alarma

Tras los incidentes del 22-M, que tanta alarma causaron entre la población al percibir cómo miembros de las Fuerzas de Seguridad eran atacados por individuos de grupos organizados, algunos de los cuales intentaron causar la muerte de varios agentes, la opinión pública asistió extrañada a la puesta en libertad de la práctica totalidad de los detenidos. Lo mismo ocurrió cuando, gracias a la investigación de la Brigada de Información de la Policía, se produjeron nuevos arrestos.

Por cierto, que ha quedado demostrada la efectividad de este tipo de operaciones, cuando los presuntos delincuentes creían haber eludido la acción de las Fuerzas de Seguridad y la subsiguiente de la Justicia. Los expertos han detectado que la preocupación entre los grupos anarquistas y antisistema ha crecido de forma considerable y que han optado por retrasar sine die o renunciar a la organización de algaradas que tenían programadas. Es decir, que la acción directa, como puede ser una sanción gubernativa, que en muchos casos puede afectar a la economía familiar, resulta fundamental.

Preocupación

En su momento, todos estos individuos serán enjuiciados por los tribunales competentes, pero si nos atenemos a lo ocurrido en los últimos años, la preocupación sobre el resultado final del proceso de detención, imputación, procesamiento y juicio no puede llamar al optimismo, siempre poniendo a salvo la independencia y el mejor criterio de la Justicia.

Según los datos a los que ha tenido acceso este periódico, la media anual de detenidos por desórdenes públicos en 2010, 2011 y 2012 (de 2013 no se tienen todavía las cifras oficiales), el 69 por 100 de los arrestados fue absuelto por los tribunales.

En 2010, los detenidos fueron 561; los condenados, 206; y los absueltos, 355. Al año siguiente, los arrestados fueron 536; los condenados, 179; y los absueltos, 357. Y en 2012, los detenidos, 957; los condenados, 230, y absueltos 727. Las cifras hablan por sí solas, sobre todo si se tiene cuenta que en las mismas no se incluyen los desórdenes públicos que se produjeron en la Comunidad Autónoma Vasca, al no constar imputaciones; ni las que en Navarra correspondieran a la Policía Foral. Es impensable que en ambos territorios no se produjeran este tipo de actuaciones delictivas en el citado periodo. Tampoco constan imputaciones de las Policías Locales, por lo que la cifra global puede se considerablemente mayor.

Asimismo, hay que tener en cuenta que en el Registro Central de Penados y Rebeldes no figuran datos relativos a los delitos de resistencia y desobediencia a las Fuerzas de Seguridad, del que han sido acusados prácticamente todos los detenidos en los últimos incidentes, en especial los registrados el 22-M.

En la actual redacción del anteproyecto de Seguridad Ciudadana, según se explica en el cuadro que se publica en estas mismas páginas, el Ministerio del Interior, frente a lo que ocurre en otros países democráticos, ha optado, a expensas de lo que finalmente decidan el Congreso de los Diputados y el Senado en la correspondiente tramitación, por las sanciones gubernativas, en función de la gravedad de los hechos que se deban corregir.

A título de ejemplo, frente a los diez años de cárcel que pueden acarrear en Estados Unidos las perturbaciones de la seguridad ciudadana frente a las cámaras parlamentarias, en España la sanción sería de una multa de entre 1.001 y 30.000 euros. Alemania y Portugal castigan este tipo de conductas con dos años de prisión.

Algo parecido ocurre con las manifestaciones celebradas en lugares de tránsito público que no se ajusten a la normativa vigente. Frente a la multa de 7.500 euros y seis meses de prisión de Francia, o los dos años de cárcel de Portugal, en el anteproyecto se establece una sanción de entre 100 y 1.000 euros por estas mismas conductas.