Reforma de la Ley del Aborto

La ponencia del TC avala el recurso del PP contra la «Ley Aído»

Elaborada por el juez Andrés Ollero, el texto aboga por estimar puntos esenciales del recurso del PP

La Razón
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Ha sido elaborada por el magistrado Andrés Ollero y aún no se ha decidido si llegará a debatirse. La reforma de Gallardón llegará al Congreso en junio y recogerá las recomendaciones de los órganos consultivos

El recurso que presentó el PP, en junio de 2010, contra algunos de los puntos esenciales de la «Ley Aído», se encuentra en su fase final. De hecho, el propio Tribunal Constitucional se lo ha confirmado a Izquierda Unida en respuesta a la solicitud que Gaspar Llamazares remitió el pasado 29 de enero al presidente del Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, y en la que solicitaba «información sobre el estado de tramitación» de los recursos de inconstitucionalidad interpuestos en su día contra la ley del aborto aún en vigor. En la contestación del TC, informa Ep, se señala que, al igual que el del Gobierno de Navarra, el «procedimiento se encuentra concluso».

Sobre esta cuestión, fuentes jurídicas indicaron a LA RAZÓN que la ponencia elaborada por el magistrado Andrés Ollero aboga por estimar algunos de las aspectos fundamentales sostenidos en el recurso de los populares, al considerar que no se ajusta a las previsiones constitucionales y a la doctrina fijada por el propio Tribunal Constitucional.

En estos momentos, según las citadas fuentes, no está todavía fijado el Pleno donde se abordará la cuestión, y no se sabe aún si llegará a debatirse, ya que hay una reforma de la ley en proceso de tramitación. Algunos defienden que sí se debata el texto al entender que, de esa manera, se fijaría una doctrina consolidada sobre supuestos para abortar y la constitucionalidad o no de una ley de plazos.

«El aborto libre hasta las 14 semanas nos parece contrario al derecho a la vida, tal y como lo ha interpretado el Tribunal Constitucional desde sus comienzos, en el año 1985», destacó el entonces diputado del PP Federico Trillo nada más presentar el recurso ante el TC.

El PP cree que con legalizar el aborto libre en las 14 primeras semanas, como establece la «Ley Aído» –aunque en algunos supuestos se llega a las 22 semanas– «el Estado renuncia a su obligación constitucional de proteger al no nacido, al asumir como propia la decisión de la madre y no exigirle al menos una razón objetiva que justifique el "sacrificio"». Además, esta posibilidad de interrumpir el embarazo sin ningún tipo de limitación «resulta incompatible con el artículo 15 de la Constitución española, que reconoce que todos tienen derecho a la vida». Los populares creen, además, que «no se ha querido regular una garantía administrativa para proteger la vida del no nacido».

Otro de los puntos del recurso hace alusión al hecho de que las jóvenes menores de 16 y 17 años puedan abortar sin consentimiento ni conocimiento de sus padres. Este aspecto es considerado inconstitucional por el PP porque «se disminuyen las garantías de la menor gestante y se impide a los padres su derecho a formar a sus hijos. Además, «evita que les presten asistencia y apoyo familiar». En definitiva, «supone una flagrante violación de los derechos de los padres a que sus hijos reciban una formación conforme a sus propias convicciones e ignora las responsabilidades que les son inherentes en el ejercicio de la patria potestad».

Junto a ello, el PP considera contrario a la Constitución que sólo se reconozca la objeción al profesional sanitario que realiza el aborto y le exija requisitos para hacerlo, mientras hay parte del personal sanitario que queda excluido de acogerse a las razones de conciencia para no practicar un aborto.

El hecho de que la objeción sea necesario manifestarla «anticipadamente y por escrito» son dos requisitos «innecesarios, desproporcionados y que restringen injustificadamente el ejercicio de un derecho fundamental», vulnerando así el principio de proporcionalidad recogido en el artículo 19 de la Constitución.

Las diferencias entre las dos leyes

«Ley Aído»

- Aborto libre hasta la semana 14.

- Se puede interrumpir el embarazo hasta la semana 22 en caso de riesgo para la salud o la vida de la madre o por graves anomalías en el feto, siempre que, en este último caso, haya un dictamen emitido por dos médicos especialistas distintos a los que practican la intervención.

- Si se descubren anomalías incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable del bebé, no hay límite de tiempo.

- Las chicas de 16 y 17 años que quieran abortar necesitan informar al menos a uno de los padres o tutores legales, excepto si alegan riesgo de amenazas, coacciones o malos tratos en el ámbito familiar.

- Multa de seis a veinticuatro meses, por incumplir la ley; en caso de impago esta pena se sustituye por cárcel.

«Ley Gallardón»

- En caso de violación las mujeres podrán abortar durante las 12 primeras semanas de gestación.

- Se podrá interrumpir el embarazo hasta la semana 22 si existe grave peligro para la vida o salud física o psíquica de la mujer. Será necesario un informe previo emitido por dos médicos ajenos al centro donde se realizará el aborto.

- Los supuestos despenalizados de la interrupción voluntaria del embarazo estarán incluidos en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud.

- Las chicas de 16 y 17 años que quieran abortar tienen que tener el consentimiento de los padres o tutores legales para interrumpir el embarazo.

- Por primera vez se despenaliza a la mujer que interrumpe su embarazo, ya que se la considera una víctima.