Ministerio del Interior

Las 20 claves del nuevo Código Penal

La Razón
La RazónLa Razón

Hoy entra en vigor la reforma del Código Penal, que modifica el texto de 1995, convertido ya en el proyecto estrella del Ministerio de Justicia en esta legislatura, aunque con "fallos"en la redacción de algunos delitos y un recurso de inconstitucionalidad contra la prisión permanente revisable.

Hoy entra en vigor la reforma del Código Penal, que modifica el texto de 1995, convertido ya en el proyecto estrella del Ministerio de Justicia en esta legislatura, aunque con "fallos"en la redacción de algunos delitos y un recurso de inconstitucionalidad contra la prisión permanente revisable.

A continuación, las 20 novedades más importantes de la reforma:

► 1- Prisión permanente revisable: Para los asesinatos especialmente graves. Acarrea el cumplimiento íntegro de entre 25 y 35 años, tras lo cual se revisará la condena y si no se cumplen determinados requisitos para la libertad, el preso seguirá en prisión.

► 2- Financiación ilegal de partidos: Se castiga con multa las donaciones por debajo de los 500.000 euros y con cárcel las superiores, salvo los extranjeros que se fija en 100.000 euros. Además los partidos estarán obligados a la creación de organismos para prevenir y perseguir la corrupción en sus formaciones.

► 3- Decomiso: Se permite el comiso ampliado, en el que los bienes decomisados provienen de otras actividades ilícitas del individuo, distintas a por las que fue condenado.

► 4- Supresión de las faltas: Se elimina las faltas del Código Penal y las merecedoras de reproche penal se tipifican como delitos leves, castigados con multa. El resto se perseguirá en la vía administrativa y civil.

► 5- Maltrato animal: Se castiga la zoofilia y las peleas de gallos y perros así como el abandono cuando la vida del animal esté en peligro. Además, se inhabilita de uno a tres años a los maltratadores para tener mascotas.

6- Terrorismo: Se castiga el adiestramiento pasivo, los lobos solitarios y la figura del combatiente extranjero.

► 7- Cierre de mezquitas: Se podrá cerrar cualquier establecimiento, religioso o civil, si incita al odio o al radicalismo.

► 8- Edad de consentimiento sexual: Se eleva a 16 años la edad mínima de consentimiento para mantener relaciones sexuales.

► 9- Pornografía infantil: Será delito contactar con un menor a través de medios tecnológicos para embaucarle y que facilite imágenes pornográficas. Aumentan las penas en caso de prostitución y se castiga a quien obligue a un menor a presenciar un abuso o acoso sexual.

► 10- Protección de la mujer: Se tipifica el matrimonio forzado y el hostigamiento. También se pena la divulgación no autorizada de imágenes íntimas obtenidas con el consentimiento de la víctima, pero luego divulgadas sin que ésta lo sepa. Se castiga la inutilización de dispositivos electrónicos utilizados para controlar el cumplimiento de penas.

► 11- Expulsión de europeos: Un ciudadano comunitario podrá ser expulsado de España en caso de suponer una amenaza grave para la seguridad pública.

► 12- Atentado: Las agresiones y amenazas graves sobre profesores y médicos se castigarán con hasta tres años de cárcel.

► 13- Robos y hurtos: Se endurecen las penas para robos y hurtos en el campo así como para la sustracción de cables de cobre.

14- Marisqueo furtivo: Se tipifica como delito el furtivismo en el marisqueo -especialmente percebeiros- con hasta dos años de prisión.

15- Inhabilitación para los corruptos: Se endurecen las penas para inhabilitación para cargo público así como para el ejercicio de sufragio pasivo (listas electorales).

16- Indultos: El Gobierno deberá informar cada seis meses al Congreso de los indultos concedidos y denegados.

17- Piquetes en huelgas: Se incluyen multas y se reducen los tipos tanto para los empresarios como para los piquetes.

18- Mensajes de odio y humillación en Internet: Se castigan los mensajes por Internet que supongan un menosprecio o humillación a grupos o personas por motivos racistas, antisemitas, orientación sexual, enfermedad, etc.

19- Inhabilitación docente: Los expresos de ETA condenados por terrorismo no podrán ejercer como profesores en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre.

20- Propiedad intelectual: Se persigue la explotación económica, reproducción, plagio, distribución y comunicación pública de una obra, sin autorización de los titulares. Se prevé expresamente el bloqueo de paginas web.