España

Las dudas legales

La Razón
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Tanto durante el franquismo como tras la Constitución, se han sucedido normas expropiatorias por uso antisocial de la propiedad. Ahí está expropiación por incumplimiento de la función social de la propiedad, de la vigente ley de expropiación forzosa de 1954; o ley de 1979, de fincas manifiestamente mejorables, que preveía la privación del uso de las fincas y su arrendamiento forzoso a la Administración o la ley andaluza de reforma agraria, de 1984.

Estas dos últimas fueron declaradas constitucionales, pero en ambos casos el Tribunal Constitucional no llegó a abordar su posible colisión con el derecho a la propiedad, ni siquiera –en el caso de Andalucía– si una comunidad autónoma puede dictar ese tipo de leyes. En ambos casos el Tribunal se quedó en un aspecto relevante pero no nuclear: si esas decisión expropiatoria constituía una sanción.

La Constitución manda que esa función social delimite –no limite– el derecho de propiedad. El matiz no es baladí: limitar es actuar sobre el ejercicio de un derecho; delimitar es hacerlo sobre su contenido, sobre su estatuto y esto es lo que hace toda ley expropiatoria de ahí que la competencia sea del Estado, como manda la Constitución. No se trata de medidas puntuales sino, repito, de normas que definen el estatuto de la propiedad inmobiliaria, que tiene que ser igual para todos lo españoles.

El decreto-ley andaluz, al parecer, permite la expropiación temporal por tres años del uso de viviendas en caso de riesgo de «exclusión social o amenaza para la salud física o psíquica de las personas». Conceptos tan indeterminados como «exclusión social» o tan familiares por ser fuente de otros fraudes como «la salud física o psíquica» son vaguedades que ya intuimos a qué pueden conducir en manos de políticos populistas: España será el país en el que se da una casa a quien no paga. Más la letra no tan pequeña: ¿quién paga los gastos de comunidad, agua, gas , luz?, ¿tienen licencias todos esos inmuebles?, etc.

Citaba antes la ley de fincas manifiestamente mejorables. Procedía de los Pactos de la Moncloa, de 1977, que contenían previsiones para facilitar el acceso a la vivienda. Si me remonto a esos Pactos no es porque sean ahora aplicables, sino porque muestran otra forma de hacer las cosas: sin populismos, y asentando unas bases solidas y pacíficas. Ahora el problema no es tanto de escasez de viviendas ni de falta de financiación sino lo contrario, de numerosas viviendas desocupadas fruto de años de facilitación del crédito y aumento de la insolvencia.

Cuando se va a legislar para garantizar la unidad de mercado, cuando se va reformar la legislación hipotecaria, cuando se ha tenido que crear un «banco malo» para poder sanear a la banca, cuando muchos promotores están deseando vender y España tiene que atraer la inversión y garantizar la seguridad jurídica, una comunidad autónoma opta por el populismo y ejerce de partido de la oposición, peor, de territorio que hace oposición.

Sirva de consuelo que la opción del PSOE es extender el despropósito a toda España. Eso sí es hacer política nacional.