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Los jueces piden que la inmunidad se amplíe al Príncipe

La Razón
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¿Qué ocurriría si el Príncipe de Asturias incurriese a día de hoy en una conducta, por nimia que fuese, recogida en el Código Penal como falta –aunque en el nuevo texto se desjudicializarán– o delito? ¿Gozaría de algún privilegio por ser el llamado a relevar a Su Majestad el Rey al frente de la jefatura del Estado? Son preguntas que flotan en el ambiente, máxime después de que el juez instructor del «caso Nóos», José Castro, haya decidido imputar a la Infanta Doña Cristina, decisión que, en todo caso, estará en manos de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.

Las respuestas a esas preguntas tienen una misma respuesta: en estos momentos Don Felipe es un «ciudadano más» a efectos de cualquier tipo de responsabilidad penal. Es decir, no goza de ningún privilegio, sería investigado por un juzgado de instrucción «ordinario», y, mucho menos, tiene inmunidad, lo que sí ocurre con Don Juan Carlos.

Esta situación es contemplada por diversos sectores del ámbito jurídico con preocupación. No parece razonable que quien está llamado a ocupar la más alta representatividad del Estado pudiese responder penalmente ante, por ejemplo, un juzgado de lo Penal, y un magistrado de la Audiencia Nacional lo hiciese ante el «tribunal más cualificado», como es el Tribunal Supremo. Por ello, la Asociación Profesional de la Magistratura, mayoritaria en la Carrera, entiende que es necesario un cambio en estos dos aspectos esenciales, la inmunidad y el aforamiento respecto al Príncipe de Asturias.

En este sentido, Antonio Piña, miembro de la Comisión Ejecutiva de la APM, diferencia esas dos cuestiones. Así, respecto al aforamiento, considera que es algo que «parece imprescindible, porque por su rango debería ser, en su caso, investigado y juzgado por el tribunal de más alta cualificación judicial», en referencia al Tribunal Supremo.

En cuanto a que se le dotase de inmunidad por sus actos –lo que, previsiblemente, debería llevar consigo una reforma constitucional– o irresponsabilidad penal o civil, como se establece para El Rey –El artículo 56.3 de la Constitución establece que «La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad–, Piña entiende que es una cuestión «más discutible, y habría que estudiarlo» a fondo. Sin embargo, sí defiende que, en estos momentos, debe gozar de tal privilegio, por la sencilla razón de que ya son varias veces en las que ha representado al Rey en los actos oficiales, tal como sucede en la actualidad, tras la reciente operación de una doble operación de hernia discal del Monarca, y, por tanto, ejerce «de facto» como tal.

«Cuando asume funciones representativas propias del Rey, como ocurre ahora, sí debería tener esa inmunidad» que se reconoce a Don Juan Carlos en la Constitución, afirma al respecto Antonio Piña.

En todo caso, la APM considera que tanto el aforamiento como la invioabilidad o irresponsabilidad penal del Príncipe es algo que compete al legislador, que sería el que, en su caso, debería promover tales iniciativas.

«Resulta Incomprensible»

La cuestión del «no aforamiento» del Príncipe preocupa igualmente al fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, tal como lo expresó en la entrevista publicada en LA RAZÓN en abril del pasado año.

Preguntado sobre era partidario de reducir el número de aforados, su respuesto no dejó lugar para las dudas: «De lo que estoy preocupado es de la falta de aforamiento del Príncipe de Asturias, y lo digo con absoluta claridad. Sé que no es, probablemente, el momento de suscitar esa cuestión, pero un juez, un fiscal o un policía tiene un fuero especial y resulta absolutamente incomprensible que los Príncipes de Asturias no lo tengan. No me parece equilibrado».

Desde el Foro Judicial Independiente, por su parte, su presidente, Antonio Dolado, se mostró contrario a cualquier tipo de aforamiento: «todos los ciudadanos deben estar sometidos a los tribunales ordinarios» y lo mismo respecto a una posible inmunidad del Príncipe.