El desafío independentista

Los presos del "procés", desde casa con pulsera telemática

Los condenados del «procés» serán clasificados en 2º grado y posteriormente se les aplicará el artículo 100.2 que introduce el principio de flexibilidad.

14-10-2019. La sentencia se hizo pública cuatro meses después de que el juicio concluyera.
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Los condenados del «procés» serán clasificados en 2º grado y posteriormente se les aplicará el artículo 100.2 que introduce el principio de flexibilidad.

La publicación de la condena del «Procés» acerca a los golpistas a su salida de la cárcel, al abandonar la prisión preventiva y entrar en clasificación ordinaria, sujeta a beneficios penitenciarios. Pese a que están condenados a penas de entre 9 y 13 años, los líderes secesionistas puede que se tomen el turrón en casa esta navidad y pasen los Reyes en casa.

Dormir en la cárcel solo de lunes a jueves, cumplir la pena con una pulsera telemática o control de voz desde sus casa... La administración penitenciaria catalana tiene en sus manos –una vez reciba la sentencia– un abanico de posibilidades reguladas por ley para aplicar a los nueve condenados. Hasta el momento, según confirman fuentes penitenciarias a LA RAZÓN, las 493 páginas de la sentencia no han llegado a la dirección de las tres cárceles en las que se encuentran los penados. En la de Lledoners están internos Oriol Junqueras, Raúl Romeva, Josep Rull, Jordi Turull, Joaquim Forn, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart. En la de Puig de les Basses está Dolors Bassa y en la de Mas d’Enric, Carme Forcadell.

Con la sentencia ya notificada, cada una de las juntas de tratamiento tendrá un plazo máximo de dos meses para estudiar en qué grado clasifica a sus reclusos. Lo normal sería que lo hiciese en el segundo grado, el ordinario, aunque puede proponer directamente un tercer grado. De hecho, ayer en una entrevista en «Al Rojo Vivo», Ester Capella, consejera de Justicia de la comunidad catalana, aseguró que «en las cárceles catalanas el 40% de los condenados cumple su pena en tercer grado, este caso no sería una excepción», intentado normalizar esta posible clasificación, en caso de producirse. Capella no señaló si se refiere a condenados a penas largas como los del «procés» o a reos que cumplen entre dos o tres años. Según apuntan estas mismas fuentes, «sería una anomalía» clasificarlos directamente en tercer grado.

Independientemente de si son clasificados o no en tercer grado, la ley orgánica y el reglamento ofrecen una gama posibilidades a los reos que afectan a su régimen de vida.

«El traje a medida» –tal y como se refieren a él fuentes penitenciarias– para cualquier condenado es el artículo 100.2 del reglamento peninteciario. De ejecución inmediata y para cualquier tipo de grado introduce en la condena «el principio de flexibilidad» y permite al reo salir a trabajar o formarse a diario sin estar en tercer grado. Sin llegar al 100.2, otro instrumento que contempla la ley es el artículo 117 para penados en segundo grado con perfil de baja peligrosidad y que autoriza el juez de vigilancia. Según estas mismas fuentes, «te permite salir completamente solo». Es el de Iñaki Urdangarín, que dos días a la semana sale para hacer voluntariado.

«Segundo grado y la posterior aplicación del 100.2». Este es el posible escenario que ven los expertos penintenciarios de cara a la futura clasificación de los penados –dada la anomalía que supondría el tercer grado, directamente–. Ahora bien, en caso de que finalmente, sean clasificados en tercer grado, a partir del día siguiente, los golpistas tienen a su alcance varias ventajas para cumplir su condena.

El artículo 82 fija que solo duerman en prisión de lunes a jueves. El 83 que tengan salidas diarias de la cárcel para trabajar y el 86.4 que ni siquiera tenga que pernoctar en un centro penitenciario y lo haga en su vivienda con control telemático, o incluso, que solo tengan la obligatoriedad de comunicar con prisión cada quince días. El tribunal sentenciador podría revocarlo pero tardaría meses.