El desafío independentista
¿Qué ocurrirá si los Mossos no obedecen?
El 9 de septiembre, la Fiscalía General del Estado emitió un comunicado ante los graves acontecimientos en relación con los preparativos del referéndum ilegal del 1-O. Del mismo modo, el día 12, por parte de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña se ordena a los responsables de la Guardia Civil, Policía Nacional y Mossos d´Esquadra que tomen las medidas necesarias para evitar su promoción, organización y celebración, una orden directa y por escrito. Las cuestiones que se plantean frente al desafío soberanista y las órdenes judiciales emanadas por el Estado son:
¿A quién deben obedecer los Mossos d’Esquadra?
Para solventar la controversia que supondría la interpretación de la vinculación del cuerpo policial de los Mossos a este mandato judicial, habría que recurrir a la Ley 10/1994 de 11 de Julio, de la Policía de la Generalidad para vislumbrar que:
1. En ningún caso deberán obedecer a ordenes políticas; pues supondría una quiebra del Estado de Derecho.
2. Las resoluciones emanadas por los Juzgados o Fiscalía tienen toda la fuerza de ley; tal y como establece su propia regulación. Es por ello que el mandato de la Fiscalía del TSJC ha exhortado a las Unidades de Policía Judicial de los Mossos (a través de su Mayor) que procedan a realizar las acciones necesarias para evitar la comisión de ilícitos destinados a favorecer la consulta. Es claro y meridiano que las órdenes de la Fiscalía ya han sido dadas a los mandos superiores de la Policía y es responsabilidad única de ellos dar traslado a los operativos de cada uno de los cuerpos.
3. Los Mossos son un cuerpo sujeto (según su art. 11.c) «en su actuación profesional, a los principios de jerarquía y de subordinación; en ningún caso, sin embargo, la obediencia debida podrá amparar ordenes que entrañen la ejecución de actos que constituyan manifiestamente un delito o sean contrarios a la Constitución o a las leyes», por lo que acatarán lo que los superiores jerárquicos trasladen como orden directa.
¿De quién será la responsabilidad si no se acatan las órdenes de la Fiscalía del TSJC?
–El Mayor José Luis Trapero es el máximo responsable operativo de los Mossos, quién deberá dar traslado de lo ordenado. En caso de no obedecer, incurriría en un delito de desobediencia al no atender al auxilio judicial, como establece nuestro Código Penal en su art. 10. En caso de que se incumpla el mandato de la Fiscalía en la línea de las declaraciones del Consejero de Interior, que manifestó que «el cuerpo actuará velando por su celebración como en cualquier día electoral», es más que probable que se inicie una investigación judicial para depurar responsabilidades, tanto del Mayor como de los actores políticos. En cualquier caso, siempre habrá un responsable, que deberá someterse a un procedimiento judicial en su caso. Saber qué deben hacer los Mossos es la clave.
El marco jurídico que regula este Cuerpo se encuadra en la citada Ley 10/1994, que establece que sus miembros «jurarán o prometerán acatamiento a la Constitución, como norma fundamental del Estado, y al Estatuto de Autonomía, como norma institucional básica de Cataluña» así como a la legalidad vigente. Y también se remite a la Ley Orgánica 2/1986 de «Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado».
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