Crisis migratoria en Europa
Un sindicato policial pide que sea delito la actividad de las ONG que "traen"a inmigrantes a fronteras españolas
Denuncian que las ONG "no rescatan"y se preguntan por qué si a un patrón de una patera se le procesa por traer 20 inmigrantes a ellos por traer 629, no
El sindicato de Policía Nacional, Alternativa Sindical de Policía, exige al Gobierno que estudie incluir en el código penal español la actividad de las ONG que “raen”en embarcaciones a miles de inmigrantes irregulares a Europa.
El sindicato de Policía Nacional, Alternativa Sindical de Policía (ASP), exige al Gobierno que estudie incluir en el código penal español la actividad de las ONG que “traen” en embarcaciones a miles de inmigrantes irregulares a Europa.
Desde ASP se preguntan si a un patrón de una patera se le procesa por traer 20 inmigrantes, "¿por qué no a una ONG que trae 629 no se la imputa?". La asociación sindical subraya que según cifras oficiales, al menos 1 millón de subsaharianos están concentrados en la costa de Libia para alcanzar por barco suelo europeo. "El rescate sería cuando ocurriera un incidente contrario a la decisión de su tripulación o pasaje (náufrago, temporal o hundimiento)", por lo que ASP denuncia que las ONG no “rescatan” sino que “traen” a miles de inmigrantes irregulares.
La Asociación policial solicita al Ejecutivo que todas las actividades de interceptación de buques en el mar sean "únicamente por embarcaciones oficiales del estado español". Y que el Gobierno apruebe la creación de un nuevo delito en el Código Penal español, a través del cual se impute tanto a las tripulaciones, como a los responsables de esas ONGs que realizan ese tipo de actividades en alta mar.
ASP destaca cómo en los dos últimos años ha aumentado la "actividad inusual"por parte de algunas ONG que provistas de buques, se adentran en aguas de Libia y Turquía para recoger a inmigrantes y trasladarlos a suelo europeo. La cifra “traída” por esas ONG, destaca, supera ya los 150.000 extranjeros irregulares desde aguas de Turquía y Libia, hacia Grecia e Italia.
Asimismo, recuerda que el artículo 318 bis del Código Penal español, “todas aquellas personas u organizaciones que ayuden a entrar en territorio de la UE a personas de terceros estados vulnerando la legislación de entrada serán autores de un delito contra los ciudadanos extranjeros”. Sin embargo, el mismo artículo en su párrafo segundo deja fuera de la punibilidad “ cuando el objetivo perseguido por el autor fuere únicamente prestar ayuda humanitaria a la persona de que se trate”.
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