España

Una coma divide a los jueces sobre la Justicia Universal

La Razón
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Signo de puntuación y de división. Una coma ha impedido que los 16 magistrados de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional se pongan de acuerdo sobre el alcance de la reforma legislativa que limita el ejercicio de la Justicia Universal. En la discrepancia jurídica ha tenido que mediar hasta la Real Academia Española, pero su dictamen no ha servido para hacer cambiar de opinión a la mayoría de magistrados, que ha avalado la puesta en libertad de trece supuestos narcotraficantes egipcios detenidos en mayo de 2013 cuando navegaban en un buque por el mar de Alborán con 16 toneladas de hachís.

El precepto de la polémica es el 24,2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial , que regula la competencia de los tribunales españoles para perseguir delitos cometidos fuera de nuestro territorio. Tras la última reforma, el artículo establece en el punto segundo de su letra i) que el tráfico ilegal de drogas por parte de ciudadanos extranjeros puede perseguirse «cuando se trate de la realización de actos de ejecución de uno de estos delitos o de constitución de un grupo u organización criminal con miras a su comisión en territorio español».

Los trece magistrados de la Sala que rechazan que España sea competente en estos supuestos sostienen que, para que nuestro país pudiese perseguir el delito, la droga debía dirigirse a España.

Otros tres jueces (con el presidente de la Sala, Fernando Grande-Marlaska, a la cabeza), sin embargo, no comparten ese criterio. Y ahí entra en escena la coma, la RAE y hasta la Ortografía de la Lengua Española. Pese a que no exista ninguna que separe las dos frases, afirman, el requisito de que el objetivo sea «su comisión en territorio español» sólo se predica de la segunda frase, y no de la primera. La coma no se interpone entre ambas porque «la mera presencia de la conjunción "o"lo hacía innecesario». La jurisdicción española sería competente, según ellos, tanto «si el delito se ha realizado efectivamente» como «cuando se trate de la constitución de un grupo u organización criminal» que tenga la intención de «cometer esos delitos en España». Consultada la Real Academia Española, contestó con un dictamen «confirmando nuestra tesis».

En su voto particular, los tres jueces discrepantes creen que la interpretación de la mayoría es "errónea"y que acarrea "niveles de impunidad"que no son "deseados por el legislador", sino "todo lo contrario"y que, recalcan, "no podemos tolerar".