Delito fiscal
Urdangarín reitera que en ningún caso cometió delito fiscal
El juez José Castro, instructor del «caso Nóos», ha preguntado a Hacienda –a instancias de la defensa de Iñaki Urdangarín– si al imputar al duque de Palma, en su último informe del pasado mayo, la comisión de dos delitos fiscales en el IRPF de 2007 y 2008 tuvo en cuenta las alegaciones del abogado de Don Juan Carlos, presentadas con posterioridad. En ese escrito, Mario Pascual Vives negaba que los ingresos obtenidos por Aizoon –la empresa que comparten al 50% Urdangarín y la Infanta Cristina– deban considerarse, como sostiene la Agencia Tributaria, rendimientos de trabajo de su cliente, por los que debió tributar en el IRPF y no a través del Impuesto de Sociedades. Pero incluso en ese caso, defiende el duque de Palma, las cuotas supuestamente defraudadas no superarían los 120.000 euros anuales que marcan la existencia de delito fiscal si se descuentan las cantidades que las empresas a las que asesoraba debieron retenerle.
Para realizar su último informe, Hacienda analizó la documentación existente en el procedimiento hasta el pasado 28 de febrero y las alegaciones de Urdangarín se presentaron casi dos meses después, el 22 de abril. Antes, el 31 de marzo, la propia Agencia Tributaria había remitido al juez otro informe sobre la inspección realizada a una de las empresas en las que el duque de Palma figuraba como consejero, Motorpress Ibérica, que según Pascual Vives tiene «relación directa» con la imputación a su cliente y que tampoco habría sido analizado por Hacienda.
En el nuevo escrito de alegaciones, la defensa de Urdangarín asegura que, aplicando únicamente el artículo 99,5 de la ley que regula el IRPF a las cantidades que debió retener Motorpress Ibérica, la cuota supuestamente defraudada sería de 118.900 euros en 2007 y de 81.638 en 2008. «El límite determinante de la aparición del delito no se alcanzaría en ningún supuesto», insiste el duque de Palma, que niega que esa actuación supusiese «un empobrecimiento injusto de la Hacienda Pública». Y recuerda que las inspecciones a las empresas a las que asesoraba Urdangarín concluyeron sin que se les reclamase retención alguna por las retribuciones pagadas a su cliente. «Mal puede afirmarse un empobrecimiento injusto de la Administración cuando ella misma ha desistido del cobro de las retenciones».
Para la defensa del duque de Palma, que Hacienda atribuya a su cliente la decisión de facturar a través de Aizoon basándose en unos correos en los que no interviene Urdangarín es una afirmación «sorpresiva». Del mismo modo, considera que la Agencia Tributaria vierte en su informe aseveraciones e interpretaciones «no ajustadas a la legalidad penal que debe presidir el proceso».
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