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¿Y ahora qué?

Análisis

La Razón
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1.¿Qué sucede si Cataluña se salta la sentencia?

–Cataluña no tiene que cumplirla o no, son los empresarios taurinos los que pueden libremente organizar espectáculos taurinos, que no están prohibidos al declararse inconstitucional la ley. Otra cosa es que las autoridades catalanas pongan trabas administrativas para la organización de dichos espectáculos.

2. ¿A quiénes habría que denunciar si no se deja que se celebren las corridas?

–Habría que denunciar en cada caso concreto a la autoridad administrativa de turno cuando establezca alguna limitación que exceda a sus competencias administrativas en la organización de los espectáculos. Ello habría que hacerlo en el ámbito contencioso-administrativo, como en su caso penalmente si existe algún posible ilícito de prevaricación.

3. ¿Qué estrategias/vías legales pueden seguir las comunidades para regular los toros? (para acatar la sentencia) ¿Y los ayuntamientos?

–Las comunidades autónomas pueden regular dentro de sus competencias en materia de espectáculos públicos la organización de la actividad taurina, sin que dicha regulación impida en esencia que se puedan programar espectáculos relacionados con la tauromaquia, por tratarse de una actividad incardinada en el patrimonio cultural común de los pueblos de España.

Los ayuntamientos no tienen competencia de ningún tipo en la materia.

4. ¿Cuándo se podría celebrar la primera corrida en Cataluña?

–Cuando los empresarios propietarios de las plazas o concesionarios de plazas en su caso, lo consideren oportuno. Los propietarios de la plaza de toros Monumental de Barcelona pueden desde mañana mismo programar espectáculos taurinos. Distinto será las previsibles trabas que las autoridades catalanas e incluso municipales puedan plantear.

5. ¿La sentencia puede servir para otras comunidades como Baleares?

–En efecto, establece claramente que la tauromaquia a partir de la legislación estatal que tiene la competencia exclusiva para la definición y defensa del patrimonio cultural común, que en la actualidad integra aquella, impide regulaciones prohibitivas de cualquier comunidad autónoma. Otra cosa sería si la legislacion estatal varía y deja fuera del contenido del patrimonio cultural común de todos los pueblos de España a la tauromaquia.