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Agresión

Catorce años de cárcel por agresión sexual, maltrato y coacciones a su mujer en Pontevedra

El condenado controlaba sus gastos, las decisiones sobre cómo debía vestirse o maquillarse y limitaba sus relaciones personales

Imagen aérea de la Audiencia Provincial de Pontevedra larazon

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a un hombre a 14 años de cárcel por un conjunto de delitos contra su esposa, entre ellos agresión sexual, maltrato habitual, amenazas, lesiones y coacciones. Además, el tribunal ha dictado que el condenado indemnice a la víctima con 8.000 euros por el daño moral causado.

Según consta en la sentencia, el acusado y la víctima contrajeron matrimonio en 1990, iniciándose desde entonces una dinámica de insultos, amenazas y episodios de violencia que crearon un ambiente de temor constante.

La Sala subraya que, en los últimos cinco años, la situación se agravó hasta derivar en un control absoluto sobre la vida de la mujer, imponiendo restricciones en el ámbito familiar, social y económico.

El condenado controlaba los gastos de la familia, las decisiones sobre cómo debía vestirse o maquillarse y limitaba sus relaciones personales, llegando incluso a prohibirle salir de casa sin su autorización.

La sentencia relata que, cuando la mujer discrepaba en sus opiniones, el hombre respondía con insultos, lanzamiento de objetos y patadas, acciones que realizaba incluso delante de sus hijos, ya mayores de edad.

Episodios de violencia extrema

La sentencia detalla un episodio de agresión sexual cometido por el acusado y la amenaza directa que le dirigió a su esposa al día siguiente: “Si me dejas, te mato”.

También se considera probado que siguió en su coche al vehículo en el que viajaban la mujer y su hermana, llegando a cruzar su vehículo en plena vía e impedir su avance. Este episodio terminó en un centro de salud, donde la víctima recibió atención médica antes de presentar la denuncia.

Las magistradas han considerado acreditado que la víctima sufrió estrés postraumático, daño emocional, desarraigo y un daño social persistente como consecuencia de años de maltrato.

La sentencia subraya que la situación generada por el acusado fue sostenida en el tiempo y que la víctima vivió bajo una constante amenaza y sometimiento. Contra la resolución judicial cabe recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).