Andalucía

La Fiscalía quiere «retirar» al juez Serrano: pide 10 años de inhabilitación

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia condenó al juez de familia Fernando Ferrán Calamita a una pena de dos años, tres meses y un día por retrasar de manera «maliciosa» la adopción de una menor a una lesbiana.

El titular del juzgado de Familia 7 de Sevilla no valoró ayer la petición de la Fiscalía
El titular del juzgado de Familia 7 de Sevilla no valoró ayer la petición de la Fiscalíalarazon

El Consejo General del Poder Judicial impuso una multa de 1.500 euros al juez de Sevilla Rafael Tirado por su actuación en el caso de la niña Mari Luz Cortés, aunque la Fiscalía exigía tres años de inhabilitación. Al juez Serrano, le piden 10 años por ampliar un día y medio el turno de custodia a un niño de 11 años para que su padre lo acompañara en su salida como paje en una cofradía de la «Madrugada» sevillana.
El fiscal superior de Andalucía, Jesús García Calderón, informó en declaraciones a Europa Press de que la Fiscalía ha solicitado que se inhabilite durante diez años al juez de Familia Francisco Serrano y una multa de 5.400 euros. La acusación particular que ejerce la madre eleva la pena a 20 años de inhabilitación. También exige una multa de 14.400 euros por un delito de prevaricación dolosa; 60.000 euros de indemnización para la progenitora por los daños morales y físicos sufridos; 100.000 euros al menor por «el gravísimo estigma público»; y otros 12.000 euros para el otro hijo menor de la querellante. En total, 186.400.
Los hechos son conocidos. El régimen de visitas acordado entre un matrimonio dentro de un proceso de divorcio fijaba que el menor estaría con el padre hasta las 14:00 horas del miércoles santo. Para salir en la procesión de la «Madrugada», el abuelo y el menor solicitaron a Serrano unas medidas cautelares para ampliar la custodia un día y medio. El juez así lo hizo.
Desde el punto de vista jurídico, la interpretación de la acusación particular es otra. Entiende que «esta causa no es la de ‘un niño y su procesión', sino la causa de un juez sorprendido in fraganti haciendo favores a un amigo con quien tiene lazos de cliente y mercantiles».
Su relato es el siguiente: el abogado Joaquín Moeckel, amigo del magistrado, le contó «datos extrajudiciales» de la historia. Ambos pactaron la fórmula para ampliar la custodia del padre y permitir que el niño realizara la estación de penitencia. Lo hicieron pese a que la responsabilidad recaía en el juzgado de Violencia sobre la Mujer 4 –que llevaba el proceso de separación– y no en el del denunciado. Concluye el escrito que «todos los actos, decisiones y resoluciones del acusado conforman un solo hecho prevaricador, con desarrollo fragmentado, conducente a beneficiar a un amigo, con gravísimo desprecio a la Justicia y con grave perjuicio físico y moral a una mujer y a sus dos hijos menores de edad». Critica que la instrucción «ha sido llevada a cabo sesgadamente, buscando exculpar al acusado de cuantos delitos pudieran acarrearle pena de cárcel, por más que hubiera indicios más que sobrados para proceder a juzgarle por esos hechos».
 El abogado Miguel García-Dieguez, que defiende los intereses de Serrano en este caso, lamentó la «indefensión» a la que se expone al enterarse de las resoluciones por la prensa.
El juicio se celebrará en los próximos meses ante un tribunal de la sala civil y penal del TSJA.

Decisiones controvertidas de Bildu
Denuncia a una psicóloga
Denunció ante el Colegio de Psicología a una profesional por una presunta «grave infracción» deontológica al realizar un informe «sesgado» y acorde con los intereses de su clienta sobre la idoneidad de un padre para hacerse cargo de su hija. Según denunció en septiembre de 2009, la psicóloga «ni siquiera intentó contactar con él».

Críticas al CGPJ
En diciembre de 2009, Serrano advirtió de que el Observatorio de Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) realizaba sus estadísticas estudiando «sólo sentencias dictadas por las audiencias provinciales, sin analizar y examinar la multitud de resoluciones de sobreseimiento provisional y archivos». En el trasfondo, la Ley de Violencia de Género, con la que siempre ha sido muy crítico.

Turnos de vivienda
Otra sentencia polémica en mayo de este año. Obligó a una pareja divorciada con dos hijos menores de edad a turnarse en el uso de su vivienda familiar cada tres meses. En ese tiempo, el progenitor que estuviera en el inmueble tendría la custodia y debería garantizar la «flexible vinculación paterno y materno filial».

3.500 euros para el niño
Aunque varios colectivos feministas lo tienen en el punto de mira, sus decisiones no benefician siempre a un aparte. Obligó a un padre a pasar 3.500 euros al mes para la educación de su hijo –ropa de marca, servicio y educación bilingüe– para que éste no lo eligiera cuando fuera mayor sólo por dinero en detrimento de la madre.