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La Audiencia dificulta la prescripción de las causas de etarras huidos prescriban

La Razón
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MADRID- Los etarras tendrán más dificultades para conseguir que sus asesinatos prescriban. La Audiencia Nacional acordó ayer que, a partir de ahora, la mera solicitud de extradición será suficiente para que se interrumpa el plazo de prescripción (de veinte años en el caso de los delitos de sangre desde la fecha de comisión del hecho delictivo). El Pleno de la Sala de lo Penal –presidido por el magistrado Alfonso Guevara en ausencia de su todavía presidente, Javier Gómez Bermúdez– decidió por once votos a favor y seis en contra esta modificación que afectará a aquellos terroristas reclamados por la Audiencia Nacional que están refugiados en países con los que no existen convenios de entrega en vigor, informaron fuentes jurídicas.

El Pleno fue convocado para estudiar el caso del etarra Eugenio Barrutiabengoa, refugiado en Venezuela, y quien –como adelantó LA RAZÓN en octubre de 2011– es uno de los más de medio centenar de miembros de la banda criminal con algunas causas pendientes con la Justicia que podrían haber prescrito. En mayo de 1996, la Audiencia Nacional ordenó la detención de Barrutiabengoa –a quien se le imputan una decena de asesinatos– como paso previo a su extradición. El etarra fue arrestado, pero a las pocas horas fue puesto en libertad. Desde entonces, los requerimientos efectuados al Gobierno de Chávez han resultado estériles.

Cuatro de los asesinatos supuestamente cometidos por Barrutiabengoa en 1979 (entre ellos el del militante del PSOE Germán González) estarían prescritos. Con el nuevo criterio, esa prescripción se habría interrumpido en 1996.