Autonomías

Chaves tiene garantizados 200000 euros en dos años al dejar el Gobierno

La renuncia de Griñán al «pensionazo» no incluye a los anteriores presidentes autonómicos

Manuel Chaves estuvo al frente de la Junta de Andalucía durante 19 años, desde 1990 hasta 2009
Manuel Chaves estuvo al frente de la Junta de Andalucía durante 19 años, desde 1990 hasta 2009larazon

SEVILLA- El anuncio del presidente de la Junta durante el Debate sobre el Estado de la Comunidad de renunciar a la pensión a la que tendría derecho cuando deje el cargo ha abierto el debate. Todos los grupos aprobaron ayer por unanimidad una propuesta de resolución del Partido Socialista para «profundizar en la transparencia y en la calidad democrática» que aboga por la «supresión de cualquier privilegio en materia de pensiones que pueda tener atribuido cualquier cargo público en Andalucía».

Sin embargo, «a priori» esta medida no cierra la puerta a que se puedan beneficiar los antecesores de Griñán en el cargo. Ninguno hasta ahora lo ha hecho, según indicó recientemente la consejera de Presidencia. Chaves, el ideólogo de la Ley 2/2005, sería uno de los agraciados. Su caso es singular. Sus emolumentos superarían los 100.000 euros anuales durante dos años en el caso de cesar como ministro tras las próximas elecciones generales.

Por una parte, Chaves tendría derecho a percibir, cuando cese su actividad laboral, «una asignación mensual igual al sesenta por ciento de la retribución que corresponda al ejercicio del cargo de quien ostente la Presidencia de la Junta». Lo que equivale a 41.388 euros, teniendo en cuenta que el sueldo del jefe del Ejecutivo andaluz ha pasado, después del recorte del 15 por ciento, de 81.155 euros a 68.981.

A esos 41.388 euros no podría sumar una pensión con cargo a los fondos de la Seguridad Social, pero sí la asignación mensual del 80 por ciento del sueldo de vicepresidente tercero del Gobierno durante dos años (73.486 euros). Es decir, 58.789 euros. Las cuantías que percibiría por la Junta y por el Estado suman 100.177 euros.

El PP, sin embargo, apuesta en una de sus propuestas de resolución por «instar al Consejo de Gobierno a traer la derogación de la Ley 2/2005 por la que se regula el Estatuto de los ex presidentes de la Junta en el plazo máximo de 30 días». Esta iniciativa, que contó con el voto en contra de PSOE e IULV-CA, además elimina otros privilegios contemplados en la normativa. Los ex presidentes tiene también derecho a «los medios personales y materiales necesarios para el sostenimiento de una oficina adecuada a las responsabilidades y funciones ejercidas, y la dotación presupuestaria para el funcionamiento ordinario de dicha oficina y para las atenciones protocolarias que correspondan».

Ninguno de los ex presidentes andaluces ha hecho uso de esta oficina, aunque en otras comunidades ya ha sido objeto de controversia. El ex presidente de la región extremeña Juan Carlos Rodríguez Ibarra anunció recientemente que renunciaría temporalmente a esta oficina al trascender que el gasto se había elevado a más de dos millones de euros en los dos años y medio que estuvo funcionando: desde junio de 2007 a diciembre de 2010.


La polémica normativa
- El Parlamento aprobó la Ley 2/2005 que regula el estatuto de los ex presidentes de la Junta de Andalucía con el rechazo del Partido Popular.

- En su artículo 2 recoge que «cuando alcancen la edad de 65 años y cese su actividad laboral, los ex presidentes de la Junta tendrán derecho a percibir una asignación mensual igual al 65 por ciento de la retribución mensual que corresponda al ejercicio de cargo de quien ostente la Presidencia de la Junta de Andalucía».

- El artículo 4 recoge, asimismo, que «se asignará a los ex presidentes de la Junta, con carácter inmediato a su cese, los medios personales y materiales necesarios para el sostenimiento de una oficina adecuada a las responsabilidades y funciones ejercidas, y la dotación presupuestaria para el funcionamiento ordinario de dicha oficina y para las atenciones protocolarias que correspondan».

- Además, «los ex presidentes de la Junta dispondrán de los servicios de seguridad que en cada momento se consideren necesarios por los órganos competentes de la Administración de la Junta de Andalucía».