Caso Faisán
Los agujeros negros de las cintas del «Faisán»
¿Qué ocurrió entre las 10:52 y las 10:55 horas del día 4 de mayo de 2006 en las inmediaciones del bar «Faisán» de Irún? ¿Y a las 11:14 horas de ese mismo día? Hasta ahora, constituye toda una incógnita, porque, significativamente, las imágenes de esos minutos sencillamente no existen en el vídeo grabado por la Policía, desaparecieron
Unos minutos que bien podrían servir para esclarecer una de las cuestiones centrales sobre el «chivatazo» a ETA poco antes de que se llevara a cabo una operación contra el «aparato de extorsión» de la banda terrorista. Unos «apagones», sobre todo el último, en la franja en la que supuestamente se hizo la llamada de alerta al dueño del restaurante, Joseba Elosua. No en balde, el primero de esos cortes se produjo trece minutos antes de la llegada de Elosua.
El fiscal Carlos Bautista ya concluyó que no había pruebas que sustentaran la hipótesis de que el 4 de mayo de 2006 –entre las 11:00 y las 12:00 horas– un agente acercara un móvil a Joseba Elosua para, supuestamente, informarle de la operación policial. Pero las partes personadas visualizaron las cintas y descubrieron que hay dos apagones de más de tres minutos. Dignidad y Justicia denunció entonces que se trataba de «una manipulación en toda regla».
Los dos agentes encargados de la grabación achacaron los apagones a un fallo técnico y rechazaron cualquier tipo de manipulación ante el juez Baltasar Garzón, por lo que el magistrado ordenó un análisis de las cintas. Sin embargo, el resultado no arrojó entonces ningún resultado positivo. En esa comparecencia judicial, ambos agentes declararon que «las cintas se regrababan con frecuencia», que se trató de un «error» y que en los tres minutos en los que la grabación se quedó en negro «no sucedió nada relevante para la investigación».
Sin embargo, el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz quiere tenerlo todo mucho más claro. Por ello, en el auto donde rechazaba archivar esta causa solicitaba la práctica de dos pruebas relacionadas con la cinta de vídeovigilancia grabada el día de los hechos en las inmediaciones del citado bar «Faisán» de Irún. En concreto, reclamaba sendos informes a la Policía Nacional y a la Guardia Civil y les marcaba un plazo para entregarlos: 15 días.
El primero de esos dictámenes debe detallar «la cadena de custodia seguida sobre el referido soporte audiovisual» hasta que llegó al juzgado, es decir, los agentes o funcionarios que la tuvieron bajo su control.
El reclamado a la Guardia Civil debe centrarse en los «diversos cortes e interrupciones que presenta» la cinta, en determinar si «son simultáneos a la grabación original o si se producen con posterioridad, así como la intencionalidad o accidentalidad de los mismos» y si es posible recuperar esas imágenes borradas.
Estas diligencias han contado con el respaldo de la Fiscalía de la Audiencia, que no recurrió el auto del juez al considerar que esas pruebas no eran impertinentes ni ajenas al proceso. Una vez practicadas, decidirá si mantiene su petición de sobreseimiento.
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