Ministerio de Justicia
Un caso para recordar
Recientemente ha comenzado el juicio por el cruel asesinato de la niña Mari Luz Cortés, un caso que ha dado lugar a una gran polémica sobre nuestro sistema judicial. Se trató de uno de los hechos criminales más desgarradores vividos por la sociedad española, primero para la propia familia, la cual tuvo que enfrentarse a la pérdida de un ser querido en unas condiciones, que solo la entereza moral ayuda a soportar, y segundo para una sociedad que pudo constatar el fracaso de un modelo de justicia. Fallamos todos y todo. Desde el principio, hubo algunos que se empeñaron en buscar un único culpable que tapara las debilidades y vergüenzas de nuestro sistema, pronto se situó en el juez y más tarde en la secretaria judicial, el foco de la responsabilidad; era lo fácil. Por el contrario, otros intentamos, sin soslayar ningún tipo de responsabilidad, poner el acento en un fallo sistémico. Pronto se detectó que teníamos un sistema que no aseguraba una adecuada gestión del conocimiento de la propia actividad judicial, donde un juez situado al lado de otro, no tenía forma de saber que un delincuente al que se le suspendía una condena menor de dos años de prisión, había sido condenado por un delito más grave, pero cuya sentencia se encontraba recurrida. Pronto se ha visto la necesidad de cambiar nuestra ley penal en casos en los que cuando un sujeto ve rebajada su culpabilidad por una enfermedad mental, también ve la pena rebajada en proporción, y no es un instrumento que asegure a la sociedad frente a ese delincuente. Algunos en aquel momento consideran que las medidas de seguridad post delictuales eran una barbaridad, hoy, aunque de forma timorata, están introducidas ya en el Código Penal. Timorata porque se quedan a años luz de instituciones como la custodia de seguridad alemana, que permite el internamiento en diez años del condenado por dos o más delitos contra la liberdad sexual, y ello por encima del límite de la pena consecuencia de su culpabilidad. Algunos responsables políticos, veían en las peticiones de implantar registros, intentos de salvar responsabilidades profesionales. Hoy también se están creando, pero no con el contenido y extensión que serían necesarios. Se impone un sistema de información integral, al que puedan acceder jueces, fiscales y policías. Donde consten todos y cada uno de los antecedentes policiales y judiciales en violencia sexual, cualquier actuación judicial, etc., y así poder valorar siempre y en todo caso la peligrosidad criminal del sujeto, algo a lo que nos obliga el Código Penal, cuando por ejemplo, se trata de suspender la ejecución de una pena. Por fin el Código Penal trata de forma específica las agresiones sexuales a menores, habida cuenta el bien jurídico en juego, donde en un menor no sólo es su libertad sexual, limitada por la edad, sino el adecuado desarrollo de su personalidad sexual. Tras más de dos años de haberse producido el asesinato, nos encontramos con que algunas cosas han cambiado, lo cual quiere decir que se ha asumido que la causa del mismo, además de la execrable conducta del presunto delincuente, un fallo sistémico que requería tales reformas. Tenemos un sistema penal que hace agua, con unos instrumentos procesales obsoletos, y una deficiente organización. Es necesario una urgente reforma de la Ley de Enjuiciamiento criminal, con el fin de elaborar un nuevo proceso penal, en el que el problema no es sólo si instruye el juez o investiga el fiscal, es un problema de mayor calado, porque ambos sistemas bien organizados son eficaces. El proceso penal debe ir orientado hacia una rápida investigación, con todas las garantías y un pronto enjuiciamiento. Es urgente regular las limitaciones a derechos fundamentales en el seno de una investigación criminal, a fin de acabar con permanentes debates procesales y cuestionamientos de cortes internacionales. Es necesario un nuevo Código Penal, uno moderno de verdad, con un sistema de penas racional y eficaz, y sobre todo con una pena principal que se acomode a las expectativas vitales actuales. Una pena de prisión de diez a quince años para el delito de homicidio, es algo así como la cilindrada de un vehículo, y no cabe duda que nuestro vehículo tiene muy poca cilindrada. Nuestro sistema penal cada vez, requiere más de órganos especializados, precisamente en la línea de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que exige a la vez la necesaria especialización del juez; pero no debemos quedarnos ahí, hacen falta juzgados especializados en la investigación de la delincuencia económica, cada mes más compleja y difícil. Un caso como el vivido debe permanecer siempre en nuestra memoria, para obligarnos a hacer mejor las cosas de una vez por todas. Como decía el profesor de la universidad de Heidelberg, Gustav Radbruch: «No se trata de construir el mejor derecho penal, sino algo mejor que el derecho penal».
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