Barcelona

El fiscal no ve delito en los abortos de la clínica de Morín

Sólo aprecia falta de «rigor médico», por lo que pide el sobreseimiento de la causa abierta en Madrid

El ginecólogo peruano Carlos Morín tiene dos causas abiertas, una en Madrid y otra en Barcelona, por presuntas irregularidades en abortos
El ginecólogo peruano Carlos Morín tiene dos causas abiertas, una en Madrid y otra en Barcelona, por presuntas irregularidades en abortoslarazon

Madrid- Los abortos practicados en la clínica que tenía en Madrid el controvertido doctor Carlos Morín se ajustaron a la legalidad, no existen pruebas de que se realizaran «sin previo dictamen psiquiátrico» y el hecho de que en varias historias clínicas figurase como ginecólogo un médico distinto al que practicó la interrupción no constituye ninguna infracción penal. Así, al menos, lo sostiene la Fiscalía de Madrid, la cual entiende que, eso sí, existen indicios de que se llevaron a cabo abortos «sin el rigor médico exigible». Por ello, solicita al Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid el sobreseimiento provisional de la causa, es decir, que ni Morín ni los imputados se sienten en el banquillo. En el escrito de la Fiscalía, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso LA RAZÓN, se sostiene que no existe «prueba de cargo suficiente» para formular ninguna acusación contra los imputados, «sin perjuicio de las posibles sanciones disciplinarias que, en su caso, se puedan imponer».

IntrusismoLa jueza que concluyó la instrucción –iniciada por Gema Gallego, hasta su nombramiento como vocal del CGPJ– entendía que había motivos suficientes para juzgar a Morín, su «mano derecha», María Victoria Virtudes, el administrativo Julián García Parrondo, Miguel Ángel Ibáñez, quien ejercía como psiquiatra pese a no tener titulación, el ginecólogo Juan Carlos Sánchez Morales y los facultativos Marcial Rodríguez y Orly Galvestón por los delitos de aborto ilegal, falsedad documental e intrusismo. Sin embargo, la Audiencia de Madrid acordó en marzo el sobreseimiento respecto al delito de intrusismo, pero confirmó que la causa debía seguir por los otros dos delitos.Ahora, la Fiscalía de Madrid, dirigida por Eduardo Esteban –ex portavoz de la Unión Progresista de Fiscales– entiende que no hay motivos para juzgarlos. A su juicio, los abortos practicados en la clínica de Morín cumplieron «todos y cada uno de los requisitos» establecido en la Ley.Informes «carentes de rigor» Así, sostiene que se llevaron a cabo «sobre gestantes de no más de doce semanas», «teniendo en la mayoría de los casos por objeto evitar un riesgo para la salud psíquica de la embarazada». En esos casos, añade el fiscal, la paciente era recibida por la recepcionista, quien, tras recabar sus datos personales, la derivaba al ginecólogo para que éste le realizara la correspondiente ecografía para verificar el tiempo de gestación. «Únicamente en los supuestos en que el tiempo de gestación superase las 12 semanas, se la derivaba al psiquiatra, quien verificaba el motivo de aborto, para finalmente practicar la intervención».En cuanto a los informes psiquiátricos emitidos por el doctor Ibáñez, el fiscal admite que en la mayoría de ellos había una motivación «muy escasa», pero que ello no implica la comisión de delito alguno. «Si bien consideramos que dichos informes carecen del correspondiente rigor profesional, entendemos que la exhaustividad de los informes o la seriedad con la que el señor Ibáñez desempeñaba su profesión pueden dar lugar a una sanción disciplinaria o administrativa, pero en ningún caso a una sanción penal», esgrime al respecto el fiscal. Con esos informes, a juicio del Ministerio Público, se cumplía con la exigencia del dictamen previo al aborto.La conclusión a la que llega en este apartado el Ministerio Público es que «no existe prueba» de que se hayan practicado abortos sin el previo dictamen, y que, en el caso de menores, «se ha verificado» por las declaraciones de las mismas y de sus madres «que las interrupciones de embarazo se practicaron con el previo consentimiento de estas últimas».Tampoco ve delito de falsedad documental por el hecho de que aparezcan como médico ginecólogo un facultativo distinto al que llevó a cabo el aborto. El motivo es que esa alteración no se realizó «para perjudicar a otro», como exige el Código Penal. Con dicha alteración, la clínica de Morín «buscaba una cobertura y evitarse una eventual sanción, esto es, un beneficio propio, pero no el detrimento de un tercero».Por todo ello, concluye que, «pese a la existencia de indicios de la comisión, en la clínica inspeccionada –la de Morín– de interrupciones del embarazo sin el rigor médico exigible», no se ha incurrido en delito alguno.

La acusación pide cárcel La acusación ejercida por el Centro Jurídico Tomás Moro solicita en su escrito de conclusiones provisionales una pena de tres años de cárcel y seis de inhabilitación para cada uno de los imputados, al entender que incurrieron en los delitos de aborto y falsedad documental. En su escrito, se sostiene, además, que en toda la actuación de la clínica «se desprendía un claro interés económico y no sanitario. Además, se destaca cómo en algún caso desde la propia clínica se aconsejaba el aborto «debido a la propia edad de la gestante, para evitar traumas futuros, y ello sin avisar que, precisamente, el aborto es lo que podría producir traumas para el futuro, colocando en serio riesgo a las menores». Los imputados, se afirma al respecto, conocían «todos estos hechos».

ANÁLISISUna decisión que no condiciona la investigación de Barcelona- ¿Cuáles son los siguientes pasos procesales?–La acusación ejercida por Alternativa Española deberá presentar en los próximos días su escrito de acusación, dentro del plazo otorgado por la jueza. La Fiscalía entiende que no cabe acusación alguna.- ¿Serán juzgados Morín y los demás imputados? –Dependerá de si el juzgado entiende que, en este caso, es posible juzgar sólo con las acusaciones ejercidas por las acciones populares, o si, por el contrario, considera que es aplicable la «doctrina Botín», donde el Supremo determinó que ello no es posible cuando existen perjudicados y éstos deciden no acusar.- ¿Afecta en algo a la investigación que se sigue en Barcelona también por posibles abortos ilegales en clínicas de Morín?–Para nada. Los hechos, aunque pueden tener una misma raíz, son distintos, ya que en el juzgado de Barcelona constan informes donde se sostiene que practicaron abortos de más de 30 semanas y también se investiga un posible delito de blanqueo de capitales.