Cláusula suelo
El Ejecutivo revisará cláusulas y productos abusivos de las hipotecas
Madrid- Será este lunes cuando empiece a trabajar la comisión técnica PP-PSOE encargada de impulsar con urgencia una reforma legal que frene los desahucios. El subsecretario de Economía y Competitividad, Miguel Temboury, la coordinará. Por parte socialista, sus representantes serán la secretaria de Economía, Inmaculada Rodríguez-Piñero; el economista y estadístico Julio Rodríguez; y el notario Ignacio Navas. El Gobierno también ha creado una comisión interministerial (Presidencia, Hacienda, Economía y Justicia) que trabaja en paralelo sobre la materia. Ayer, la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, anunció que el Ejecutivo quiere aprovechar esta reforma para revisar las cláusulas abusivas contenidas en algunos contratos hipotecarios, así como otros productos o subproductos también abusivos y muy complejos financieramente. Por ejemplo, las cláusulas «suelo», que establecen un interés mínimo para las hipotecas y que impiden a sus titulares beneficiarse de mayores rebajas. En este sentido, un dictamen hecho público ayer por la abogada general del Tribunal de Justicia de la UE, Juliane Kokott, considera que las medidas que regulan en España los procesos de desahucio por el impago de una hipoteca son incompatibles con las normas europeas de protección de los consumidores. La letrada considera que la regulación procesal española no protege al consumidor contra posibles cláusulas abusivas en el contrato hipotecario, al permitir la pérdida de la propiedad y el desalojo antes de que éste pueda ejercitar una acción por daños y perjuicios. Este dictamen responde a una consulta efectuada por un juzgado mercantil de Barcelona, ante el que un ciudadano presentó en enero de 2011 una demanda contra CatalunyaCaixa tras ser expulsado de su vivienda. El afectado pedía la declaración de nulidad de una de las cláusulas del préstamo hipotecario y, por ello, que se considerase también nulo el procedimiento de ejecución hipotecaria. Según Kokott, esa regulación española es «incompatible» con la directiva europea 93/13 sobre cláusulas contractuales abusivas, que establece que las cláusulas de ese tipo que figuren en un contrato entre un profesional y un consumidor no vinculan a este último, informa Efe.
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