Delito fiscal
El Supremo ve indicios de cohecho impropio en Garzón por los cobros de Nueva York
El instructor de la causa abierta en el Tribunal Supremo a Baltasar Garzón por el patrocinio por parte de cinco entidades de sus cursos en Nueva York cree que las cantidades abonadas "tuvieron siempre relación directa"con su condición de juez, por lo que le imputa un delito de cohecho impropio.
Éste castiga con la pena de multa de 3 a 6 meses a "la autoridad o funcionario público que admitiere dádiva o regalo que le fuere ofrecido en consideración a su función o para la consecución de un acto no prohibido legalmente"y es el mismo delito por el que recientemente ha sido juzgado el expresidente valenciano Francisco Camps, finalmente declarado no culpable.
En el auto notificado hoy, el magistrado Manuel Marchena pone fin a la investigación sobre Garzón -iniciada en junio de 2009 a raíz de la querella interpuesta por los abogados Antonio Panea y José Luis Mazón- y da a las partes un plazo de diez días para que formulen escrito de acusación o pidan el archivo de la causa, lo que previsiblemente hará la Fiscalía.
Marchena estima acreditado que durante su estancia en Nueva York en 2005 y 2006 Garzón era juez en activo; que el Banco Santander, BBVA, Telefónica, CEPSA y Endesa aportaron dinero para sus cursos -le llama "exitoso gestor de fondos"- en atención a esa condición y que eso supuso "la obtención de un aprovechamiento"para él.
Así, llega a afirmar que la falta de coincidencia entre las cantidades que la Universidad de Nueva York afirma haber pagado a Garzón y las que aparecen en su cuenta bancaria solo puede explicarse por "la existencia de cuentas en el extranjero que no han sido identificadas o el abono de cantidades en metálico o a través de personas o sociedades instrumentales".
El magistrado cita, por ejemplo, una sociedad denominada Mades Comunication S.L. de la que es apoderada la mujer de Garzón y que está administrada por la hija del matrimonio, pese a que no empezó a operar hasta febrero de 2010.
Marchena también se refiere al reparto de las partidas destinadas al personal académico, de dirección y administrativo de los cursos dirigidos por Garzón y habla de "un interesado escenario de descontrol"y de "un reparto clandestino de dinero procedente de unas subvenciones cuya pormenorizada justificación nunca llegó a ser exigida por las empresas que financiaron los cursos".
Para justificar la condición "funcionarial"de Garzón durante su estancia en Nueva York -necesaria para imputarle cohecho impropio-, recuerda que éste disfrutaba de una licencia de estudios y que la ley dice que un juez solo deja de estar en activo si se encuentra en situación de servicios especiales o de excedencia voluntaria.
"Quienes respondieron a la solicitud (de fondos) de Garzón sabían perfectamente quién era el requirente y cuál era su destino profesional. Y por si hubiera alguna duda, ya se encargaba el imputado de recordárselo", añade el instructor, que recuerda que éste hacía siempre referencia a su condición de magistrado en los escritos en los que se dirigía a las entidades patrocinadoras.
Éstas, dice Marchena, aportaron fondos "en consideración"a su condición de juez, lo que cree demostrado porque fue Garzón "quien se dirigió a algunas de las principales empresas españolas con la seguridad de que, precisamente en atención a su cargo, esas cantidades iban a ser entregadas para la financiación de los cursos por él dirigidos".
El magistrado se detiene en el caso del BBVA, que desembolsó 200.000 dólares meses después de que Garzón instruyera en la Audiencia Nacional un caso -el de los fondos de pensiones, que seguía abierto en 2005- que llevó a la dimisión de Emilio Ybarra como presidente y a su sustitución por Francisco González, que autorizó el patrocinio.
"Garzón solicitó y obtuvo ayuda financiera de una entidad bancaria cuyos principales exdirectivos estaban siendo investigados en el Juzgado del que todavía era titular", dice el auto.
Por último, Marchena cree probado que el juez obtuvo un aprovechamiento personal y que no es cierto que el sueldo que recibía "nada tenía que ver con la cuantiosa aportación dineraria"hecha por las empresas.
Aceptar ese argumento "exigiría admitir que los dólares con los que la Universidad de Nueva York abonaba la retribución de su profesor eran 'distintos' o, dicho con consciente simpleza, 'no se mezclaban' con los que de forma regular nutrían sus cuentas corrientes procedentes de las más importantes empresas españolas", dice.
El instructor dice, por último, que Garzón "silenció"a la universidad norteamericana que seguía cobrando "el importe íntegro de sus retribuciones"como juez de la Audiencia Nacional y que, a la vez, "ocultó"al Consejo General del Poder Judicial los cerca de 6.000 dólares mensuales que recibía del citado centro educativo.
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