Consejo de Ministros
Cumplirla ley
Declarar o no el estado de alarma es una decisión política y, como tal, sujeta a control político, pero dado el paso hay que cumplir la ley. Por lo pronto que realmente concurran las causas legalmente previstas para tal declaración; además, las medidas en que se concrete son controlables jurídicamente. El Real Decreto del pasado sábado, por el que se declara el estado de alarma, fuerza las causas previstas en la ley pues se apela a motivos propios de catástrofes naturales y, además, para un conflicto laboral; incluso podría discutirse si no hubiera sido más razonable el estado de excepción, lo que supondría la suspensión de derechos fundamentales y, en todo caso, la decisión no habría sido inmediata pues habría requerido autorización parlamentaria.
Que se haya acudido al Ejército no es en sí ilegal pues la ley no dice qué autoridad debe sustituir a la ordinaria. Cosa distinta es que se sujete a los controladores al Código Penal Militar como si de una movilización se tratase.
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