Tribunal Supremo

Absuelven a dos condenados por el asalto al chalet de Ferri

Los asaltantes llevaban disfraces que hacen dudar de la identidad de algunos de ellos. La Audiencia no lo dudó.

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Valencia- El Tribunal Supremo no ha considerado suficientemente probado que Aníbal de Jesús Orozco y Reiber Rodríguez participaran en el asalto al chalet de la familia Ferri, propietarios de la firma textil Ferrys, en la localidad valenciana de Canals.
A pesar de que a la Audiencia de Valencia no le cupo ninguna duda y, de hecho, condenó a ambos a doce años de prisión, ahora el Supremo, en un adelanto de la sentencia, no considera suficientemente probado que los dos individuos, (uno de los cuales entró en el chalet, mientras el otro esperaba fuera) fueran los acusados, ya que, al parecer, llevaban los rostros cubiertos.
Es más, según la Audiencia, uno de ellos, ahora absuelto, podría haber sido el cabecilla de la banda de diez colombianos que el 4 de enero de 2006 asaltó el chalet de la hija y el yerno del propietario de la firma Ferrys.
Como se recordará, los delincuentes amordazaron tanto a la hija del propietario como a su marido, Francisco Ramírez, y éste, en un descuido de aquellos, consiguió zafarse de ellos y coger un rifle de tiro olímpico de su propiedad, con el que disparó a los asaltantes matando a dos de ellos.
Uno resultó con tres heridas de bala y murió en el hueco de la escalera del chalet, mientras que otro de ellos, que la Audiencia no consideró probado que hubiera recibido el disparo de la escopeta de Ramírez, murió desangrado en el jardín del chalet. El resto de atracadores huyeron después del tiroteo. El propietario del chalet recibió una puñalada en el abdomen.
El atraco al chalet de la localidad valenciana de Canals causó honda conmoción en el pueblo, habida cuenta, además, de que el propietario había acabado con la vida de dos de los asaltantes.
Por ello, la acusación que representaba a las dos viudas, solicitó treinta años de cárcel, pero finalmente, la Audiencia aplicó la eximente completa de legítima defensa, dado que « los dueños de la casa pensaban que su vida corría peligro» y que Francisco Ramírez «no provocó la situación sino que fueron los asaltantes quienes lo hicieron.
El señor Ramírez sabía que se trataba de un grupo numeroso de atracadores, que tenían armas de fuego y blancas, que eran violentos, que habían proferido amenazas de muerte».
La sentencia del Supremo confirma asimismo, el resto de penas que impuso la Audiencia.