Comunidad de Madrid

Menores sin garantía de reinserción por Arturo Canalda

Los padres de Marta del Castillo sólo piden Justicia
Los padres de Marta del Castillo sólo piden Justicialarazon

La Ley de Responsabilidad Penal del Menor es, sin duda, uno de los textos legales más discutidos de nuestra reciente historia. Se trata de una ley que, como todas la leyes penales, busca como fin último la reinserción del delincuente, pero tiene que procurar también el resarcimiento de aquellos que han sufrido el delito. Las cifras nos indican que en la mayoría de los casos estos fines se están logrando con la aplicación de la ley. Así, en la Comunidad de Madrid, el 87 por ciento de los menores que han sido objeto de medidas judiciales contempladas en la ley no han vuelto a delinquir. Esto pone de manifiesto que el trabajo que se realiza en los centros de reforma es bueno y, sobre todo, que merece la pena invertir en sacar adelante a esos menores. Podríamos decir, a grandes rasgos, que estamos ante una buena ley.

Una cuestión que debería abordarse sin dilación es la relativa a los menores que toman contacto con el delito a muy tempranas edades y que desde el punto de vista penal son inimputables. Cuando un menor comete un delito por debajo de los 14 años, no tiene responsabilidad penal y sólo se le pueden aplicar medidas denominadas de «protección» contempladas en la legislación civil. Se ha hablado mucho sobre la conveniencia de rebajar la edad penal por debajo de los 14 años, sin embargo creo que no sería necesario. Podrían establecerse medidas educativas de carácter obligatorio por debajo de los 14 años impuestas por un juez. Me parece injusto que si esas medidas en un régimen de internamiento están funcionando bien en los chicos mayores de 14 años, no puedan aplicarse de forma obligatoria con un régimen abierto a aquellos que por debajo de esa edad ya han escogido ellos solos o les han llevado por el mal camino. Precisamente por eso hemos reclamado también mayor contundencia con los adultos que utilizan a los menores para cometer delitos aprovechando su inimputabilidad.

Sin embargo, los terribles casos de Sandra Palo o de Marta del Castillo han puesto de relieve que esa ley no está logrando sus fines en los casos más extremos. Y por ello se hace necesaria una reforma de la misma. Pese a que, como hemos dicho, el trabajo que se hace en los centros de reforma es muy bueno, parece que en los delitos más graves la duración de la medida no está garantizando la reinserción de los autores. Ejemplo claro lo tenemos en el «Rafita», que ha delinquido en varias ocasiones después de salir del centro. Por tanto, parecería lógico establecer medias judiciales de más larga duración para estos casos o, por lo menos, impedir que los autores puedan salir en régimen de libertad vigilada, salvo informe de los especialistas que indique lo contrario. Es mucha la alarma social que están generando estos casos, pero es que es mucha la indignación que nos causa ver cómo estos delincuentes aprovechan hasta el último resquicio de la ley y no precisamente para su reinserción.