Impuestos
Avidez recaudatoria
Junto a las medidas para la reforma del sistema financiero aprobadas el pasado viernes por el Consejo de Ministros, sin duda un acertado conjunto de difíciles decisiones para recuperar la confianza de los mercados, el Ministerio de Justicia aportó como polémica novedad la agravación de las penas y la ampliación a diez años del plazo de prescripción de los delitos más graves contra la Hacienda pública. El ministro Ruiz-Gallardón conoce bien el rechazo general que suscita en la ciudadanía el hecho de que quienes engañan a Hacienda puedan enriquecerse mientras otros pagan religiosamente sus impuestos. Quizás por eso, tras la polémica suscitada por la decisión del Ejecutivo de proceder a la regularización de las rentas no declaradas, en lo que se llamó desde la oposición «amnistía fiscal», se opta ahora por endurecer las citadas penas y ampliar su prescripción. El delito contra la Hacienda pública se hace especialmente odioso en tiempos de crisis, pero la opción del ministro de Justicia no debe ser, sin embargo, la de recurrir al populismo. Las penas deben ser proporcionadas a los delitos y debe existir un equilibrio entre la acción del delincuente y su castigo y cualquier modificación debe hacerse con cuidado de quebrar esa equidad. Así lo determinó en marzo de 2009, en un informe sobre una propuesta similar presentada por el Gobierno socialista, el Consejo General del Poder Judicial, cuando advirtió de que el aumento de la prescripción no era una medida «proporcionada» y perjudicaría al sistema económico al dejar a las empresas en un «limbo de inseguridad jurídica». Con razón se opuso entonces el PP, pues cualquier inversión empresarial debe poder desarrollarse con garantías suficientes y ampliar el plazo de prescripción supondrá aumentar la carga sobre las empresas de forma innecesaria y lastrar su competitividad. Alberto Ruiz-Gallardón ha optado esta vez por una reforma que más parece orientada a incrementar la recaudación, puesto que aumenta las facilidades de los inspectores de Hacienda y permite que puedan cobrarse las deudas tributarias al margen de cómo avance el correspondiente proceso penal. Se eleva además la importancia de la persecución del delito fiscal por encima de la lucha contra otros delitos, incluso más odiosos, que también requieren de investigaciones tanto o más complejas. Los encargados de combatir el fraude pueden, en todo caso, necesitar más y mejores medios a su disposición, pero no necesariamente más tiempo para hacer bien su trabajo. El endurecimiento de las penas no debe convertirse en instrumento recaudatorio. Lo que cabe esperar de la Administración es que sea eficaz en el ejercicio de su labor y que no convierta a los contribuyentes en sujetos bajo permanente sospecha.
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