Cárcel

Así queda el nuevo Código Penal

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1. Corrupción: La reforma tipifica como delito el cohecho entre particulares y refuerza la lucha contra la corrupción en el sector privado. También se aumentan las penas para los delitos urbanísticos, castigando con hasta cuatro años de cárcel las obras ilegales y a las autoridades que las amparen.

2. Terroristas y violadores: Los delincuentes más peligrosos podrán ser sometidos a control judicial tras cumplir su condena a través de la libertad vigilada, que podrá prolongarse hasta diez años y será obligatoria para terroristas y delincuentes sexuales. Además, los delitos de asesinato terrorista no prescribirán nunca y los pederastas y los terroristas con condenas superiores a 5 años de cárcel no podrán acceder al tercer grado hasta haber cumplido la mitad de su condena.

3. Menores: La captación de niños para participar en espectáculos pornográficos será delito. También se endurecen las penas por abusos a menores, que llegarán a los quince años de prisión, y se introduce la posibilidad de privar de la patria potestad a los padres para proteger al menor.

4. Top Manta: Los vendedores de CD piratas, castigados ahora con una multa y una pena de prisión de 6 meses a dos años, tendrán la posibilidad de evitar la cárcel.

5. Medio Ambiente: El traslado ilegal de residuos, la explotación de instalaciones donde se realice una actividad peligrosa y la destrucción de grave alteración del hábitat por la caza o la pesca de especies amenazadas serán delito.

6. «Niños soldado»: Se refuerza la protección penal a las mujeres y los niños en los conflictos armados, de modo que se castigará expresamente a quienes atenten contra su libertad sexual, recluten a menores de 18 años o los utilicen para participar directamente en esos conflictos.

7- Trata de humanos: La reforma establece el trato diferenciado de la trata de seres humanos, vinculado hasta ahora a la inmigración clandestina; o la regulación de la responsabilidad penal de las empresas, que serán multadas, inhabilitadas o incluso disueltas si delinquen.

8. Expulsión: Los jueces podrán sustituir las penas de prisión de menos de seis meses por la localización permanente en el domicilio y optar entre la cárcel o la expulsión para los extranjeros condenados a menos de seis años.

9. Prescripción de delitos: El plazo mínimo de prescripción de los delitos se eleva a cinco años y se modifica el cómputo de la prisión provisional, de forma que nadie se vea favorecido por cumplir al mismo tiempo una condena en firme y una prisión preventiva.

10. Fraude deportivo: Se tipifican las conductas más graves de corrupción en el deporte, como los sobornos a jugadores o árbitros encaminados a alterar el resultado de una competición.