Constitución
La fuerza de la Ley
Ha llegado el año 2011, y este cambio de año lo recordaremos porque entró en vigor la nueva regulación sobre el consumo de tabaco en España; como todos los años que comienzan con un cambio que afecta a toda la sociedad, quedarán en nuestra retina histórica precisamente por la novedad, y así, recordamos 1986 como el año del IVA, o 2002 como el año del euro, y no me cabe duda que el año 2011 será el año del tabaco. No voy a entrar en el fondo de la cuestión, ni a valorar el acierto o no de la norma –el tiempo quitará o dará razón–, pero sí me ha llamado poderosamente la atención el eco mediático que han tendido los hosteleros que han anunciado su oposición a la norma, así como su clara voluntad de no cumplirla. Más allá de la finalidad, es obvio que en una sociedad sometida de forma voluntaria a un Estado de Derecho, tales actuaciones deben obtener la respuesta que en Derecho, esto es, conforme a la Ley, está prevista. Las normas se elaboran con una vocación permanente de cumplimento; las normas imperativas y prohibitivas, necesarias en cualquier sociedad, deben tener previstas las consecuencias para el caso de su incumplimiento. Estas normas inciden directamente en el comportamiento de los ciudadanos, de tal modo que advierten lo que se debe hacer en el caso de las imperativas, y lo que no se debe hacer en el caso de las prohibitivas, de tal modo que el legislador trata de orientar el comportamiento del ciudadano a través de los dictados de la norma. En una sociedad idílica, estas normas deberían ser la excepción, pero no cabe duda de la necesidad de su existencia. Los grados de prohibición y los límites de lo imperativo dependen del legislador de cada momento, el cual deberá estar atento a aquello que por un lado demanda la sociedad, y que por otro es necesario para la garantía de los derechos del ser humano, entre los cuales se encuentra el derecho a la vida y a la integridad física, y en segundo lugar el derecho a la salud. Por ello no es positivo presentar a estos personajes, por más razón moral que crean tener, como unos héroes, al resistirse a lo numantino al cumplimiento de la Ley. Ahora bien, para que este tipo de acciones no generen grado alguno de solidaridad en la sociedad, es necesario generar una cultura de respeto a la Ley y acatamiento a las resoluciones judiciales que decidan su aplicación al caso concreto. En España hemos asistido a algunos acontecimientos en los que, por desgracia, responsables políticos han solicitado o han fomentado el incumplimiento de resoluciones judiciales, lo cual supone también el incumpliendo de la propia Ley. Ejemplos como lo ocurrido en torno al Estatuto de Cataluña, al uso de lenguas, etc., no son el mejor de los comportamientos de aquellos que además de ser responsables políticos, deben conducirse con un máximo de responsabilidad. Cuando las leyes se consideran injustas poco apropiadas, ineficaces o abusivas, si sobrepasan los cánones de constitucionalidad, sólo pueden ser combatidas con nuevas leyes que las deroguen, y ello mediante los procedimientos democráticos, esto es, tratando de convencer al legislador o contribuyendo en unas elecciones democráticas al cambio de las mayorías preexistentes. Lo mismo cabe predicar de las resoluciones judiciales, las cuales sólo pueden ser combatidas mediante remedios procesales, y cuando son firmes deben ser cumplidas, y con mayor razón cuando el mandato judicial va dirigido a los responsables políticos. A veces, algunos comportamientos nos recuerdan aquel chiste del que no quería ir a clase, y no se despertaba ante los requerimientos de su madre, hasta que ésta le recordó que era el director del colegio. El incumplimiento de la Ley por parte de un ciudadano, o el no acatamiento de una sentencia es grave, pero la propia Ley tiene instrumentos para enderezar esta actuación, pero cuando este supuesto de hecho se centra en alguien con responsabilidad política, el incumplimiento lo es de extrema gravedad, y lo es en mayor grado conforme nos elevamos en la pirámide de la responsabilidad política. Ejemplos como el de Sócrates, el cual pudiendo haber huido con la ayuda de su discípulo Critón, tras el dictado de una sentencia de muerte, sometiéndose a una Ley que siempre cumplió, debería inspirar a alguno. Por ello nadie debe animar a incumplir una norma, aunque sea la que prohíbe fumar en espacios públicos cerrados, por más alternativas que hubiera, ni tampoco se debe animar al incumplimiento de una sentencia firme, y máxime si se trata de una persona con responsabilidad pública, de tal suerte que el ejemplo que traslada al ciudadano es muy peligroso, puesto que así, cualquiera que perciba una Ley o una sentencia como injusta, tendrá una justificación para no cumplir su tenor.
✕
Accede a tu cuenta para comentar