Lorca

Los afectados de Lorca tendrán ayudas al alquiler y beneficios fiscales

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto Ley por el que se adoptan medidas "urgentes"para reparar los "cuantiosos"daños causados por los terremotos acaecidos en Lorca (Murcia) este miércoles y que han dejado un balance de nueve muertos, dos de ellos mujeres embarazadas.

Así lo ha explicado el vicepresidente primero del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que ha dicho que "la pretensión es salir al paso de los daños sufridos por los ciudadanos".

Además de las medidas adelantadas en la noche de este jueves, el vicepresidente ha añadido que el texto final recoge algunas incorporaciones, fruto de los análisis realizados por los Ministerios de Cultura, el de Industria, Turismo y Comercio, y el de Educación.

En este sentido, ha comentado que Cultura envió este jueves un experto en patrimonio que ha observado que los desperfectos son "cuantiosos, igual que en el resto de la ciudad" y que, debido a la importancia del patrimonio cultural, -fuente importante de ingresos para la localidad- repercutirá en la recuperación de la normalidad, por lo que se firmará un convenio con la administración regional y local para "avanzar en la pronta recuperación"de estos bienes.

Igualmente, ha apuntado que el Ministro de Industria, Miguel Sebastián, ha explicado que el Parador de turismo de la ciudad, que estaba en obras de rehabilitación en estado avanzado, ha resultado dañado por lo que el Gobierno también tratará de adelantar en lo posible las obras. Asimismo, el Ministerio de Educación trabajará en la rehabilitación de colegios para "recuperar la normativa escolar".

El conjunto de medidas ha sido acordado a propuesta conjunta de los Ministros del Interior, de Defensa, de Economía y Hacienda, de Trabajo e Inmigración, de Política Territorial y Administración Pública, de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, de Fomento, de Sanidad, Política Social e Igualdad, y de la Presidencia, así como representantes de la comunidad autónoma y de la localidad afectada, con el objeto de paliar el suceso "más grave de este tipo acaecido en España en los últimos años".

El texto valora que la intensidad de este fenómeno ha producido "numerosas"consecuencias catastróficas, entre las que cabe destacar el "desgraciado fallecimiento de nueve personas"y dos centenares de heridos a causa de los desprendimientos de cascotes de los edificios. Esto exige, según el Real Decreto-Ley "desde el principio constitucional de solidaridad, la adopción de medidas paliativas y reparadoras, por parte de los Poderes Públicos, que contribuyan al restablecimiento de la normalidad en la zona". Para la aprobación de estas medidas de carácter excepcional, se acude a la fórmula del Real Decreto-ley, en uso de la autorización contenida en el artículo 86 de la Constitución.

18.000 euros a familiares de víctimas

Concretamente, el Real Decreto-Ley concede 18.000 euros a los familiares directos de las personas fallecidas y una cantidad idéntica se entregará en el supuesto de heridos con incapacidad absoluta y permanente, siendo el beneficiario de la ayuda la persona que así sea declarada.

En materia de vivienda, se entregarán ayudas a particulares por alquileres de viviendas, con un tope máximo de 6.671 euros al años, en el caso de que la vivienda habitual haya resultado totalmente destruida o, debido al mal estado en que hubiera quedado, haya sido precisa su demolición. A sus ocupantes, si son propietarios, se les financiará el alquiler de una vivienda, y si se encontraban en régimen de alquiler, se les abonará la diferencia entre el anterior y el nuevo alquiler. Además, en el caso de que la reparación de la vivienda siniestrada exija su desalojo, también se financiarán los alquileres correspondientes, tanto si son propietarios como si son arrendatarios.

Esta financiación corresponderá al Ministerio del Interior, que abonará el 50 por ciento de las ayudas a particulares por alquileres y el otro 50 por ciento restante corresponderá a las Administraciones Públicas implicadas, según los acuerdos que alcancen. Para reconstrucción de viviendas se entregará ayudas para la reconstrucción o reparación de las viviendas destruidas o dañadas, que serán financiadas al 50 por ciento por el Ministerio de Fomento y el 50 por ciento restante por las otras Administraciones Públicas implicadas, según los acuerdos que se alcancen.

Respecto a las ayudas a las entidades locales, se abonará el 100 por cien de los gastos de emergencia en que hubieran incurrido para garantizar la vida y la seguridad de las personas y el funcionamiento de los servicios públicos esenciales, como demolición de edificios, retirada de elementos arquitectónicos dañados, suministro de agua potable, entre otros. Estos gastos serán financiados en exclusiva por el Ministerio del Interior. Los Ministerios de Política Territorial y Administración Pública, se encargarán al 50 por ciento como máximo de financiar las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones correspondientes a servicios esenciales.

Beneficios fiscales
El paquete de ayudas aprobado incluye beneficios fiscales, como exenciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles en relación con viviendas, locales de trabajo y similares; reducciones en el Impuesto de Actividades Económicas a industrias y establecimientos comerciales; exenciones de tasas de tráfico para tramitación de las bajas de vehículos y expedición de duplicados de permisos de circulación y conducción extraviados; y exenciones por parte de las Entidades Locales en las tasas por expedición de la licencia de obras para la reparación de las viviendas siniestradas.

También se compensarán las pérdidas superiores al 20 por ciento de su producción sufridas por los titulares de las explotaciones agrícolas y ganaderas que tengan pólizas en vigor amparadas por el Plan de Seguros Agrarios Combinados para este año. El Real Decreto-Ley habilita al Ministerio de Economía y Hacienda para reducir los módulos de las actividades agrarias para fijar la cuota de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Valor Añadido.

En materia de seguridad social, los expedientes de regulación de empleo con causa directa en los movimientos telúricos, así como las pérdidas de actividad en los sectores empresariales o económicos tendrán la consideración de fuerza mayor y el empresario quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social mientras dure la suspensión del contrato. En el caso de extinción del contrato, las indemnizaciones por despido correrán a cargo del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).

Entre otras medidas, las empresas y autónomas tendrán una moratoria de un año en el pago de las cuotas de la Seguridad Social, de los tres meses naturales anteriores a los terremotos y, de modo excepcional, la paga extraordinaria se adelantará al 1 de junio (un mes) a los pensionistas residentes en Lorca con pensión contributiva
y no contributiva.

Por otro lado, se flexibilizan algunos requisitos en materia de contratos del sector público para obras, servicios, adquisiciones o suministros de emergencia y se pondrá en marcha una línea preferencial de créditos del Insituto de Crédito Oficial por un importe de 25 millones de euros, para atender la reparación o reposición de instalaciones y equipos.

Finalmente, se articularán mecanismos de coordinación, mediante la creación de una comisión mixta con representantes del Gobierno, Región de Murcia y Ayuntamiento para lograr una "mayor rapidez y agilidad"en la concesión de ayudas, así como una comisión interministerial para el seguimiento y evaluación de las medidas adoptadas.

Adelanta al 1 de junio la paga de verano a los jubilados
Los pensionistas residentes en el municipio de Lorca (Murcia) recibirán la paga extraordinaria de verano con un mes de adelanto, el próximo 1 de junio, con el fin de que hagan frente con mayor holgura a los gastos derivados del terremoto, según aprobó hoy el Consejo de Ministros.