Ministerio de Justicia

El análisis Una ley con deficiencias

La Razón
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¿Cómo es posible que «El Cuco» esté en libertad si ha sido condenado a tres años de prisión? 
–La clave es que mientras la decisión del juez pueda ser recurrida la sentencia no es firme y no se ejecuta. La prisión provisional se decreta en función de la alarma social, la gravedad del caso y el riesgo de reincidencia. La supresión de estas medidas cautelares no es una cuestión matemática, responde más a un criterio discrecional. En este caso, no se ha establecido una pena larga ni excesiva y el magistrado ha valorado las posibles consecuencias de su decisión y ha levantado las medidas cautelares.

Entonces, el juez está con las manos atadas ¿no?
–Es un problema legislativo. En esta ocasión se le ha aplicado el grado máximo de la pena por el delito cometido. Corresponde al Poder Legislativo la decisión de aumentar los tipos penales. La ley del menor tiene deficiencias y existe un gran debate sobre la necesidad de rebajar la edad penal o sobre los antecedentes, que desaparecen cuando el menor condenado cumple la mayoría de edad. En el «caso Marta del Castillo», estamos ante un problema de investigación. No ha aparecido el sujeto víctima del delito y, en términos normales, suele ser imposible imponer una condena por asesinato y se suele imponer un castigo por homicidio o desaparición.

¿Es muy difícil lograr una reforma de la ley del menor?
–No, sólo hace falta voluntad política. Al tratarse de una ley orgánica, se necesita de una mayoría simple (la mitad más uno) en el Congreso de los Diputados para la aprobación del anteproyecto de ley, un texto que luego debe enriquecerse con las enmiendas de los distintos grupos políticos. De todas formas, no tendría efectos retroactivos y sólo afectaría a los que fueran juzgados a partir de la reforma de la norma.