Relaciones laborales
El Supremo reivindica el claustro
APIA critica los «denodados intentos» de la Consejería por «vaciar de funciones» al órgano de los profesores.
SEVILLA- «Se ha demostrado una vez más la actitud caciquil de la Junta». Habla el portavoz del sindicato APIA, Gonzalo Guijarro, y lo hace sobre una sentencia del Tribunal Supremo (TS). En ella, la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo desestima un recurso del Gobierno andaluz contra un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anuló una orden de la Consejería de Educación de 17 de febrero de 2008 que dejaba a decisión de los consejos escolares, «oído el claustro», la ubicación de la prueba extraordinaria en los primeros días de septiembre para los alumnos de Educación Secundaria (ESO).El tribunal considera que la disposición adicional de dicho texto «conculca la letra y espíritu de los preceptos de las leyes orgánicas que literalmente se transcriben por la sentencia impugnada, ya que el claustro tiene competencia exclusiva para fijar el calendario de evaluaciones que se enmarcan en el específico ámbito docente, frente al genérico, de programación general, que corresponde al Consejo Escolar».«Una vez más –mantienen fuentes de APIA– la Consejería, en su denodado intento de vaciar de funciones al claustro, asignando ilegalmente sus competencias a otros sectores de la comunidad educativa, ha visto declarada contraria a derecho una orden suya». Es más, a juicio de los miembros de este sindicato, la importancia del fallo del Supremo es aún mayor si se tiene en cuenta que «desde que se publicara la orden anulada y el Alto Trinubal andaluz dictara sentencia –el 16 de abril de 2008–, la Junta no ha cesado en su empeño de convertir dicho órgano de profesores en un mero objeto decorativo, sin capacidad alguna para ordenar la función docente», critican. En ese sentido, advierten de que los proyectos de nuevos reglamentos orgánicos impulsados por el Gobierno andaluz (ROC), «constituyen la amenaza más clara de supeditación del claustro a los criterios estrictamente políticos de una camarilla conformada en torno a los nuevos y todopoderosos directores, que harán y desharán a su antojo».Y hay otra apreciación, en relación a la gestión educativa de la Junta que Guijarro quiere hacer constar: «Cambian constantemente la normativa, de manera arbitraria, y los profesores no tenemos una legalidad a la que acogernos. Esto no parece propio de un Estado democrático y además, aunque consigamos que los tribunales nos den la razón, en ocasiones, cuando lo hacen, ya no sirve para nada», se lamenta. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal condena además a la Administración autonómica a pagar las costas del recurso de casación, «de conformidad con lo establecido en el artículo 139 de la Ley Jurisdiccional», aunque limita a 3.000 euros la cuantía «máxima a reclamar por este concepto». «Hecho que, como suele suceder –apuntan desde APIA– la Junta afronta sin inmutarse lo más mínimo, teniendo en cuenta la procedencia pública del dinero utilizado para su satisfacción». Euros que, auguran, no serán los últimos a desembolsar por los andaluces para gastos judiciales.
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