Sevilla

El derecho a la vivienda se basa en priorizar la VPO frente a la renta libre

Los ayuntamientos crearán un registro de demandantes y su oferta de pisos se tendrá que adaptar a él.

El derecho a la vivienda se basa en priorizar la VPO frente a la renta libre
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El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó ayer el proyecto de ley reguladora del derecho a la vivienda en Andalucía, que ahora remitirá al Parlamento para su debate y aprobación, que se producirá en un plazo aproximado de seis meses.

El Derecho a la Vivienda es una de las promesas del PSOE, que en la pasada campaña electoral anunció viviendas asequibles para las familias cuyos ingresos brutos mensuales estuvieran en torno a los 3.000 euros. La realidad es que la ley no puede asegurar ese derecho, sino limitarse a que se den las condiciones objetivas para que los ciudadanos puedan acceder a una vivienda con precios asequibles.

La decisión de la Junta supone una apuesta por la vivienda protegida, lo que ocasiona una restricción: aquellas unidades familiares que ganen más de 5,5, veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), unos 36.000 euros brutos anuales, quedan al margen de este derecho y tendrán que acudir al mercado de renta libre. Por otro lado, los demandantes de viviendas tendrán que acreditar que se está «en situación económica para llevar una vida independiente con suficiente grado de autonomía». En la práctica supone que el texto deja a las personas sin recursos en manos de los servicios sociales, tal y como recoge el artículo 20 del proyecto, dedicado a la creación de alojamientos transitorios.

La principal novedad del texto es su intención de aportar más claridad al mercado de la vivienda protegida. Todos los ayuntamientos, que han participado en la elaboración del texto a través de la FAMP, están obligados a elaborar un registro de demandantes de viviendas en sus municipios, que actualizarán periódicamente y que el consejero de Vivienda, Juan Espadas, anunció ayer que espera esté operativo «a finales de año». Tras la aprobación de la ley, los consistorios desarrollarán planes municipales en un plazo de dos años en los que se debe incluir el número de viviendas protegidas que se van a construir. El último paso es la creación de un cronograma para que esas viviendas estén finalizadas.

Si la Junta o las administraciones locales incumplen algunas de sus obligaciones, los ciudadanos podrán exigir su derecho a una vivienda frente a la jurisdicción contencioso administrativo. Ésa es la aportación más novedosa, si bien llevar a los tribunales a una Administración es un proceso lento y costoso.

El resto del articulado, hasta un total de 25, enumera otros aspectos que tendrán que desarrollarse de manera específica en el reglamento, como la calidad de las viviendas. En este sentido, bastaría con que cumplieran el Código Técnico de Edificación vigente.

Por otro lado, y para satisfacer la bolsa de pisos en stock, la Consejería de Vivienda ofrecerá hoy a los agentes económicos y sociales un paquete de medidas en el marco del VII Acuerdo de Concertación Social. Entre ellas, la Junta, a través de EPSA, asumiría una parte de ese parque para destinarlas al alquiler por diez años con opción a compra.ANÁLISIS: Principios elementales del proyecto de leyLa ley del derecho a una vivienda levanta muchas expectativas que conviene aclarar para no sufrir grandes decepciones.

- ¿Qué requisitos deben cumplir los solicitantes?

–El salario anual de la unidad familiar no debe superar los 36.000 euros brutos anuales; el demandante debe llevar empadronado tres años en el municipio; no puede poseer otra vivienda; y tiene que acreditar una vida económica independiente.

- ¿A qué se comprometen los ayuntamientos?

–Básicamente a elaborar planes municipales que den respuesta a la demanda de viviendas de sus vecinos. Esto no es del todo nuevo, ya que la Ley de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo ya les obliga a hacer una reserva de suelos para albergar VPO. En principio, el compromiso es ahora más específico.- ¿Y si un Consistorio no tiene suelo?

–La Junta de Andalucía asume la responsabilidad a través de los planes supramunicipales, con acuerdos con los ayuntamientos implicados en un área geográfica determinada para dar respuesta a la demanda de VPO.

- ¿Existe la posibilidad de alquilar y no comprar?

–Sí. Cuando una persona se inscriba en el registro de demandantes puede decantarse por la opción de alquilar, algo que será tenido en cuenta por los promotores. Su capacidad de endeudamiento será de una cuarta parte de su salario; si es compra, de un tercio.