Aborto
El Gobierno facilita el aborto y garantiza el negocio de las clínicas
El Consejo de Ministros dio ayer luz verde al anteproyecto de la nueva ley del aborto. Un texto que autoriza el aborto libre y gratuito en España hasta la semana 14 de embarazo y permite a las menores de 16 y 17 años interrumpir su gestación sin contárselo a sus padres.
Envuelta bajo el nombre de Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva e Interrupción Voluntaria del Embarazo, la regulación ofrece garantías jurídicas a los profesionales sanitarios que realizan abortos, a las mujeres y a los fetos sanos a partir de su semana 22 de vida. «Nos corresponde como Gobierno solventar los problemas de la ley, y dar garantías jurídicas a mujeres y profesionales», dijo la ministra de Igualdad, Bibiana Aído, tras la reunión del Consejo de Ministros.
De aprobarse el nuevo texto por el Parlamento, la ley sustituirá a la de 1985 que despenalizaba el aborto en tres supuestos: violación, riesgo para la salud de la madre o malformación del feto.
Tal y como había anunciado el Ministerio de Igualdad, el anteproyecto de ley del aborto llegará al Parlamento antes del verano, aunque la premura por presentarlo hizo ayer que Igualdad ni siquiera tuviera listo el texto definitivo que se enviará al Consejo General del Poder Judicial, paso previo, junto el Consejo de Estado, antes de llegar al Congreso.
La ley sigue en esencia las indicaciones del informe del Comité de Expertos del Ministerio de Igualdad que se presentó en marzo e instaurará algunos de sus puntos más polémicos como el aborto libre dentro de unos plazos o en menores de más de 16 años sin necesidad de consentimiento paterno. No obstante, establece algunas matizaciones en el tipo de dictámenes médicos necesarios para justificar el aborto más allá de la semana 14. Asimismo, y tal como se anunció esta semana, la ley regulará el desarrollo de una Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva para educar a los jóvenes y facilitarles el acceso a los medios anticonceptivos.
Así quedan los puntos más polémicos de la nueva ley:
- Aborto libre hasta la semana 14.
Las mujeres que deseen interrumpir voluntariamente su embarazo podrán hacerlo libremente durante las primeras 14 semanas de gestación. Las únicas condiciones que establece la ley son que en la primera consulta la mujer recibirá información en un sobre cerrado sobre las alternativas al aborto, entendidas como las ayudas económicas y sociales a la maternidad. Una vez realizado este trámite deberán transcurrir tres días antes de practicarlo, que es «tiempo suficiente para que la mujer, conociendo todas las ayudas que tiene a su disposición, pueda decidir», concretó Aído.
- Sin consentimiento paterno.
Entre los 16 años y los 18, las menores podrán interrumpir su embarazo sin consultarlo con su familia. Para ello, la disposición final 2 del anteproyecto prevé la modificación del artículo 9 de la Ley de Autonomía del Paciente que establece tres situaciones (aborto, participación en ensayos clínicos y utilización de técnicas de reproducción asistida) en los que las personas de entre 16 y 18 años necesitarán tutela.
- Malformaciones y riesgo.
A partir de la semana 14 y hasta la 22, las mujeres podrán abortar en caso de grave riesgo para la vida o salud de la madre o anomalías fetales. Esta situación tendrá que ser justificada por el dictamen de dos médicos especialistas distintos al que vaya a realizar el aborto (el informe de los expertos sólo proponía uno), pero no necesariamente de un centro diferente.
- Comité de expertos desde la 22.
No habrá límite alguno para abortar si se descubre tras la semana 22 que el feto sufre alguna enfermedad que, aunque no sea incompatible con su vida, «sea de extrema gravedad o incurable en el momento actual». Esta última excepción no fue propuesta por los expertos y, por su inconcreción, amplía considerablemente el número de abortos que se podrán acoger a este supuesto. Estos abortos tardíos tendrán que autorizarse por un Comité Clínico Pluridisciplinar, una figura que no contemplaban los expertos de Aído, pero que recuerda a las «comisiones de evaluación externas» que el PSOE abolió en 1986 y que estaban previstas para garantizar el cumplimiento de los supuestos de la ley. El PP pidió la recuperación de estos comités de control en la Subcomisión de Igualdad.
- Aborto en la sanidad pública.
La interrupción voluntaria de la gestación será «pública y gratuita», por lo que se incluye en la cartera de prestaciones del Sistema Nacional de Salud. Esto implica que «va a tener que producirse en los hospitales públicos». Este extremo choca con el derecho a la objeción de conciencia de los médicos. Cuando se dé el caso de que un hospital público no tenga médicos dispuestos a realizar abortos, la comunidad autónoma correspondiente tendrá que ofrecer y costear una clínica privada a la mujer que quiera interrumpir su embarazo.
- Educación Sexual.
La ley pretende reducir el número de embarazos no deseados, «el verdadero caballo de batalla», según Aído. Para ello, el texto introduce un «catálogo de medidas sanitarias, sociales y educativas» enmarcadas en una Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva que Sanidad y las CC AA deben elaborar cada cinco años y evaluar cada dos. Entre esta medida está la facilidad para obtener métodos anticonceptivos sin receta.
- Ayudas a la maternidad.
La ley no prevé ninguna, pero Aído justificó que «el Gobierno de Zapatero es el que más derechos ha establecido para la maternidad», citando en este punto la ley de igualdad laboral, el permiso de paternidad o los subsidios para autónomas, entre otras.
-Penas de cárcel.
«Ninguna mujer irá a la cárcel por abortar, pero esto no quiere decir que las prácticas ilegales queden impunes», es el único comentario al respecto que hizo la ministra de Igualdad, Bibiana Aído.
Menos papeleo y gastos en los centros abortistas
- ¿Solventa esta ley los problemas de la anterior?
–El incumplimiento de la ley actual y sus coladeros fueron uno de los motivos para reformarla. El nuevo texto lo soluciona «matando moscas a cañonazos», es decir, con el aborto libre hasta la semana 14. A partir de ese momento, la ley mantiene el coladero de «riesgo para la salud de la madre» al que se acogían el 97 por ciento de los abortos actuales hasta la semana 22. Después, sólo se podrá abortar por problemas físicos graves del bebé.
- ¿En qué se diferenciarán la antigua y la nueva norma?
–Formalmente, la actual es una ley de indicaciones; la futura, de plazos más indicaciones. Esto significa que en los primeros tres meses y medio se podrá interrumpir el embarazo sin justificación. Después de este momento, se vuelve a los supuestos, aunque se elimina el de violación. Conceptualmente, el aborto deja de ser un delito despenalizado para convertirse en un derecho de la mujer.
- ¿A quién beneficiará que el aborto sea un derecho en lugar de un delito despenalizado?
–A las clínicas abortistas. El hecho de no necesitar informes psicológicos, como hasta ahora, para justificar las intervenciones, les ahorrará mucho papeleo y también dinero, pues no tendrán que tener psiquiatras para firmar los informes.
- ¿Y si no se cumple la ley?
– «Ninguna mujer irá a la cárcel por abortar», repite el Gobierno, pero Aído matizó ayer que eso no significa que las prácticas ilegales vayan a quedar impunes. No obstante, el proyecto no entra en penas.
✕
Accede a tu cuenta para comentar