Comunidad de Madrid
El Gobierno recurre la Ley de Cajas de Aguirre al Tribunal Constitucional
madrid- El terreno de batalla por el poder en Caja Madrid se ha trasladado, definitivamente, a los tribunales, después de meses de duros enfrentamientos entre la Comunidad y el Ayuntamiento de la capital española. El Gobierno anunció ayer por sorpresa que llevará la próxima semana al Constitucional la Ley de Cajas autonómica, que entró en vigor en enero pasado. La admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad conllevará la suspensión cautelar de la Ley, a petición del Ejecutivo, durante cinco meses, plazo máximo permitido por la legislación actual. Así, el Gobierno tratará de evitar un «daño irreparable» con su aplicación. La interrupción de la norma autonómica tendrá un efecto dominó, ya que paralizará el proceso electoral en el que está inmerso Caja Madrid desde octubre de 2008. En este nuevo escenario, la entidad financiera no podrá volver a reanudar sus elecciones hasta septiembre próximo, fecha en la que, en principio se renovaba el equipo de dirección, incluido su presidente, Miguel Blesa. En este contexto, es más que probable que Blesa continúe en el cargo hasta la primavera de 2010. Discrepancia La decisión de presentar este recurso se produce después de la división del Gabinete de Zapatero en esta cuestión, según reconoció ayer el propio Pedro Solbes. De ahí que se elevara el caso a consulta del Consejo de Estado. En su preceptivo dictamen, este órgano considera que «existen fundamentos jurídicos suficientes para interponer un recurso de inconstitucionalidad». Eso sí, el vicepresidente segundo rehusó pronunciarse sobre la entrada en vigor de la Ley Aguirre, una vez que ya estaba en marcha el proceso electoral en Caja Madrid. No obstante, tildó la situación de «chocante». El recurso de inconstitucionalidad del Gobierno se refiere a los artículos 12 y 28 de la ley de acompañamiento de los Presupuestos de Madrid de 2009. El Ejecutivo advierte de que ambos podrían invadir competencias del Estado. A su juicio, la reforma de la Ley de Cajas hace que el sistema de representación de las corporaciones locales y de impositores en la asamblea general de la entidad financiera «no se ajuste en sentido estricto al criterio de proporcionalidad introducido en la Ley estatal de Regulación de las Normas Básicas sobre Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros (Lorca) de 2003, como consecuencia del establecimiento de determinadas fórmulas de ponderación. El artículo 2.3 de la Lorca establece que «cuando las cajas de ahorro tengan abiertas oficinas en más de una autonomía, la representación en la asamblea general de los distintos grupos (entre ellos, el de corporaciones locales y el de impositores)... deberá ser, en observancia del principio de igualdad, proporcional a la cifra de depósitos entre las diferentes autonomías en que tengan abiertas oficinas, dentro del porcentaje atribuido a cada uno de ellos». El Ejecutivo deduce, por tanto, que la creación de dos circunscripciones electorales, una para los municipios de la Comunidad de Madrid y otra para los municipios del resto de comunidades en que la caja tenga oficinas, en combinación con las fórmulas de ponderación que se introducen, producen como resultado una desviación de la regla de proporcionalidad establecida en la Lorca. «En el caso de la representación de las corporaciones locales esta desviación se proyecta en el reparto de consejeros entre las dos circunscripciones y en el de los consejeros correspondientes a cada municipio», concluye. Pero el Alto Tribunal no partirá en este caso de cero, ya que existe jurisprudencia al respecto. En 1992 falló en contra del recurso presentado por el PP contra una ley similar del Gobierno murciano. El Ejecutivo impugna también en su recurso el artículo 12 de la ley de acompañamiento de los Presupuestos madrileños de 2009 por no respetar la normativa básica en vigor en materia de función pública sanitaria.
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